Rodrigo Eguillor, el vecino de Solar del Bosque que fue detenido en diciembre del 2018 luego de ser denunciado por haber intentado abusar sexualmente a una joven de 22 años, solicitó un traslado a un centro psiquiátrico privado, pero el juez del Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N°10, Alejandro Noceti Achaval, rechazó el pedido.
El joven de 24 años habría pautado un encuentro con la víctima en un departamento de San Telmo y, cuando ella se negó a tener relaciones sexuales, él buscó una excusa para evitar dejarla salir del lugar, por eso ella intentó escapar por la terraza y todo el episodio fue grabado por los vecinos, que terminaron llamando a la policía.
Horas después del hecho, Eguillor intentó salir del país en un vuelo con destino a Europa, pero la Policía de Seguridad Aeroportuaria logró detenerlo a tiempo. La situación se complicó cuando se resistió a la autoridad y agredió a un fiscal cuando le estaban notificando la apertura de una nueva causa en su contra.

El joven fue liberado y se trasladó escoltado por policías hasta el barrio privado Allá en El Sur, ubicado en el centro de Canning perteneciente al Municipio de Ezeiza. Si bien llegó para instalarse, las autoridades regresaron al country con un pedido de detención ordenada por el fiscal Eduardo Cubria, a cargo de la fiscalía en lo criminal de Capital Federal N° 22 para indagarlo por el delito de privación ilegal de la libertad, violación y daño.
Mientras que su imagen recorrió todos los medios de comunicación debido a su tranquilidad frente a la situación, su defensa realizar un pedido de excarcelación, pero el mismo fue denegado por la Cámara Criminal y Correccional de Buenos Aires.
Sin otra alternativa, Rodrigo pasó preso todo el 2019 en la Cárcel de Ezeiza porque según el fiscal Oscar Ciruzi, quien se encuentra a cargo de la Fiscalía General N° 10 ante el TOC N° 10, existía un "peligro de fuga y entorpecimiento de la investigación".

Tras una serie de problemas psicológicos que el joven habría sufrido en el último tiempo, se pidió un traslado para que los profesionales lo puedan evaluar, pero la justicia se mantuvo firme, rechazó lo solicitado y argumentó que la suspensión del juicio por el artículo 77 no extingue el proceso ni implica el cese de la prisión preventiva.






