HOMBRES DE LEY
¿Qué son las lesiones leves? ¿Qué son las lesiones graves?
Uno de los delitos más comunes explicados por la Doctora Paola Ojeda.La palabra "Lesión” deviene del latín "laesio”, "laesionis” de
este modo la Real Academia Española de la Lengua entiende por lesión el "daño o
detrimento corporal causado por una herida, golpe o enfermedad”; o
"perturbación de la situación física y/o psíquica de una persona”.
Entre los delitos
contra la vida humana, se encuentran aquellos delitos que no terminan con la vida sino que la menoscaba en
alguna medida provocando las denominadas lesiones leves, graves o gravísimas.
El Delito de Lesión es uno de los delitos más frecuentes. A mayor gravedad del
daño la pena es mayor.
Si la gravedad de la lesión produce la muerte a la víctima
entonces el delito deja de ser de lesión, y se convierte en delito de homicidio.
En materia penal hablamos de bien jurídico protegido ósea lo que pretende proteger el legislador en este caso es la integridad corporal y
la salud física o mental dado que en todos los supuestos de lesiones se da una
disminución de una forma u otra del cuerpo, algún tipo de daño en la salud o
incapacidad laboral.
La salud es un estado
de equilibrio por lo tanto si no se produce el resultado daño, o una alteración
fisiológica no constituye delito. Los medios empleados para provocar la lesión
son indiferentes, mientras sean idóneos para provocarla pueden ser medios
físicos, químicos e incluso morales, el código penal toma a los medios
empleados como circunstancias agravantes y en consecuencia se agravan las
penas.
El delito de lesiones puede ocasionarse por comisión (hacer
lo que la ley prohíbe) o por comisión por omisión (hacer lo que no se debe,
dejando hacer lo que se debe.) Siempre debe existir el nexo de causalidad, esa
relación causa efecto.
Nuestro ordenamiento penal trata este tipo de delitos en el
Libro Segundo: "De los delitos”, Título I: "Delitos contra las personas”,
capítulo II: "Lesiones”. Podemos distinguir en nuestro Código Penal entre 3
tipos de lesiones: a) Lesiones Leves:
son aquellas que no producen en la persona que la padece lesiones graves o
gravísimas y que no van a repercutir en el futuro en su físico. Generalmente
las lesiones leves no demoran más de 30 días en su curación. b)
Lesiones Graves: generalmente producen una debilitación permanente y
funcional en la salud de quien la padece. Se entiende como permanente la lesión
que tiene una duración considerable sin que necesariamente esto deba ser para el resto de
su vida. c) Lesiones Gravísimas: son
aquellas que producen la pérdida de un sentido, de un miembro, de un órgano.
Tiene consecuencias aún más graves como producto del delito
de lesiones, estas se caracterizan por la irreparabilidad del daño causado a
diferencia de las lesiones graves que producen un debilitamiento o disminución parcial.
Si un individuo recibe una "agresión" y ésta no se manifiesta como
una alteración en los tejidos, o un trastorno funcional objetivable
clínicamente, o por otro método diagnóstico, el delito de lesiones no se
configura.
Como es natural, la pena es tanto mayor cuanto más grave sea
la lesión y para evaluarla se tienen en cuenta tanto las secuelas como, en su
caso, el tiempo que la víctima tarde en curar de las mismas.
Las penas varían según sea: Lesiones leves penadas con prisión de un mes a un año. Lesiones graves: reclusión o
prisión de uno a seis años. Lesiones gravísimas : pena de tres a diez años de
reclusión o prisión .La ley prevé la comisión del delito de lesiones provocadas mediando emoción violenta excusable lo que trae aparejado una reducción de
las penas.-