Esteban Echeverría

Incorporan la declaración jurada de salud a los monotributistas

Tras las modificaciones realizadas por la AFIP, los pequeños contribuyentes deberán presentar, para incorporarse al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), una declaración jurada sobres su estado de salud.

Incorporan la declaración jurada de salud a los monotributistas
El Diario Sur

Con el objetivo de poderdeterminar si los solicitantes padecen alguna capacidad en el momento de laafiliación al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), desde laAdministración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) determinaron que losmonotributistas deberán informar sobre su estado de salud ante la ANSES.

Esta no es la única modificaciónque establecieron desde la AFIP para el próximo año. Los contribuyentes que sehallen inscriptos en el régimen simplificado deberán detallar cómo estáconformado su grupo familia, así como también presentar una declaración juradade Salud y detallar si sus familiares a cargo adhieren a la obra social demonotributista.

La ANSES será la encargada decertificar si el solicitante a ingresasr en el SIPA padece alguna incapacidadal momento de su afiliación o, por lo contrario, se halla en adecuado estado desalud.

Para estas modificacioneslegales, el fisco nacional realizó adecuaciones en el Sistema Registral paraque los monotributistas puedan realizar vía internet los cambios y adecuarse ala nueva normativa.

Para realizar la adhesión al SIPA, el sistema webde la AFIP solicitará la declaración de los datos de cada uno de los integrantesdel grupo familiar y la indicación de si adhieren o no a la obra socialseleccionada por el pariente a cargo.

Desde el ente recaudadoradvirtieron que "mientras no se cumpla con la presentación de ladeclaración jurada de salud, o si la declaración contiene falsedades oreticencias, la afiliación no producirá efecto alguno a los fines de laobtención del retiro por invalidez o pensión por muerte del afiliado enactividad".

Otro de los puntos modificados decara al 2015 será la facturación del sistema de monotributo, estableciendonuevas disposiciones del Régimen de Autorización de Impresión de Comprobantes.No obstante, desde el Consejo Profesional de Ciencias Económicas porteño(Cpcecaba) emitirán una resolución que permitirá utilizar las facturas enstock, debiendo informar la cantidad, forma y plazo restante a la AFIP.

Par regular la práctica seincrementaron los controles con un nuevo procedimiento para la solicitud de laimpresión de dichos comprobantes. Dentro de dichos cambios se incluirá en lasfacturas "C” un Código de Autorización de Impresión (CAI) con fecha devencimiento, que hasta ahora sólo se utilizaba para las de tipo "A" y"B" de los inscriptos en el IVA.

Los remitos tipo "X" podránsolamente ser utilizados para los traslados internos, ya sea dentro del mismopredio, establecimiento o parque industrial, o para su utilización como como documento no fiscal homologado. Aquellaspersonas que estén inscriptas como Responsables deberán emitir el remito "R”.

También se impondránmodificaciones para aquellos que estén inscriptos en IVA. Hasta el 31 de marzose seguirá con el procedimiento vigente, con los puntos de venta habilitadoshasta ahora, mientras se comienzan a confirmar o rectificar los mismos,establecidos en la página web de AFIP.

A partir del primero de abril del próximo año se aplicará unnuevo procedimiento para el cual sólo serán válidos los comercios que esténconfirmados y adecuados a la norma. No obstante, no deberán cambiar lasfacturas ni su numeración.