Sociedad

¿Qué debemos hacer si nos despiden?

La Doctora Julieta Castagnola nos explica que debemos hacer si nos despiden del trabajo.

¿Qué debemos hacer si nos despiden?
El Diario Sur

El despido supone la extinción del contrato detrabajo, con lo que se pone fin a la relación jurídico-laboral vigente entreempresa y trabajador. Desaparecen, por tanto, las recíprocas obligaciones deprestar servicios retributivos y remunerar el trabajo. Ante esta situación, eltrabajador despedido debe tomar sus propias precauciones para evitar problemasde cara a la tramitación del despido.

Pueden haber dos tipos de despidos: los directos queson desde la patronal; o indirecto donde el trabajador se considera despedidopor deficiencias en la registración, trabajo en negro, haber sido inscripto confecha posterior al ingreso o si no se cumple el convenio colectivo de trabajo.

Cuando es directo, se debe proceder al cobro de unaindemnización y si no se la pagan debería iniciar una acción judicial. En el caso de ser indirecto eldespido, tiene que primero intimar, por el plazo de treinta días, a que serealice la correcta registración de acuerdo a la  ley 24.013 y se regularice su situación. Osea, se intima al responsable del lugar donde el despedido trabajaba, a cumplircon sus obligaciones. Si no se cumple esta regularización, el trabajador puedeconsiderarse despedido y debe mandar un telegrama donde plantea que se consideradespedido por exclusiva responsabilidad del empleador y que debe hacerseefectivo el pago de indemnización por antigüedad, en este caso, se calcula quees un sueldo por año trabajado o fracción mayor a tres meses (articulo n°45  de la Ley de Contrato de Trabajo).

Se debe reclamar también la indemnización por pre-aviso, que es de un mes si la antigüedad del trabajador es menor a los cincoaños o de dos meses, si se trabajo más tiempo. El empleador debe pagar además,el aguinaldo y las vacaciones en proporción al tiempo trabajado y en el caso deque debiese, pagar las horas extras y adeudadas.

Por otra parte, el empleador debe hacer entregade  los certificados de servicios yremuneraciones, que son los aportes jubilatorios que hay hecho el trabajador.En el caso de que el despedido no cumpla con esos requisitos, el empleador debepagarle tres sueldos más.

Si hay incumplimientos por parte del empleador, debetener cuidado porque se pueden aplicar multas severas en el caso de que elempleado haya trabajado en "negro” o en "gris” o haya sido  registrado tiempo después de haber entrado atrabajar. Esto está especificado en los artículos número 8,9 y 10 de la Ley24.013.

Aquellas personas que hayan sido despedidas puedenacercarse al Ministerio de Trabajo para ser asesorados en cuanto a lo que debenhacer y los pasos que deben seguirse. De todas formas, si el demandante nocontara con los fondos suficientes para contratar un abogado, debe saber quelos especialistas en temas laborales cobran a resultado. Esto quiere decir que losprofesionales cobran cuando el cliente cobra.

En la totalidad de los casos que se llevan a lajusticia por temas de despido, se llegan a un acuerdo debido a que los juiciosllevan mucho tiempo y porque las leyes laborales amparan en mayor medida alempleado. El empleador por su parte debe asumir todas las costas judiciales,las tasas de justicia, los peritos contadores y otros cargos.