La medida publicada en el BoletínOficial, indica que para las interrupciones superiores a 12 horas corridas yhasta las 24 horas corridas inclusive, el resarcimiento será de 600 pesos.
Para las interrupciones superiores a las 24horas corridas y hasta 48 horas, el monto base a reconocer será de 931 pesos. Ypara los cortes superiores a 48 horas, será de 1.065 pesos.
Este resarcimiento no comprendelos daños producidos a las instalaciones y/o artefactos del usuario, porque esereconocimiento cuenta con un procedimiento específico, aclara la norma.
La medida aclara que en caso deque el resarcimiento superase el valor final de la próxima factura, el saldorestante deberá ser acreditado en las subsiguientes facturas hasta laconcurrencia de los créditos y débitos a ser compensados.






