En pos de preservar a los jueces, fiscales y empleados judiciales, la Suprema Corte de la Provincia de Buenos Aires resolvió dar asueto a todos sus trabajadores hasta el 31 de marzo. La medida se da en el marco de las licencias por el coronavirus anunciadas por el Gobierno. Implica la suspensión de todos los términos procesales, siendo que sólo se brindará una prestación mínima del servicio de Justicia a casos urgentes de despacho o que no admitan postergación por su naturaleza.
Son siete, además de Buenos Aires, las provincias que tomaron esta decisión. En las últimas horas se sumó córdoba, siendo que anteriormente habían anunciado la suspensión de tareas las cortes de Salta, Chaco, Entre Ríos, La Rioja, Río Negro y Tierra del Fuego.
La modalidad de operatividad será la misma que en una feria judicial por razones sanitarias, buscando reducir la propagación del coronavirus (COVID 19). De esta manera, quedan suspendidos los plazos procesales y administrativos.
En atención a las circunstancias que a la fecha resultan de conocimiento público y de relevancia social e institucional, en esta instancia, se advierte la necesidad de acentuar las acciones instrumentadas y adoptar otras de carácter extraordinario y temporal, garantizando al propio tiempo la prestación indispensable del servicio de justicia, destacaron a través de una resolución de carácter extraordinario por la pandemia.
Además, pidieron a la Procuración General que adopte -dentro del ámbito del Ministerio Público- las medidas que estime pertinentes, en sintonía con esta resolución, siendo que las causas penales están en manos de fiscales que requieren de la intervención de un juez de Garantías. Esperan que el procurador Julio Conte se sume a la medida que lleva la firma de los ministros bonaerense Eduardo De Lazzari, Hilda Kogan, Daniel Soria, Eduardo Pettigiani, Luis Genoud y Sergio Torres y del jefe de los fiscales de la provincia.
Permanecerán habilitados solo los juzgados y tribunales de turno para atender asuntos urgentes, incluyendo las sedes descentralizadas, que funcionarán con guardias mínimas compuestas por el magistrado a cargo junto a un funcionario letrado y los agentes que requiera el titular para estas tareas. El resto de organismos tendrá una guardia rotativa de un magistrado o funcionario letrado, que trabajarán con la colaboración necesaria a la dependencia de turno, sin atención al público.
La misma organización será llevada a cabo por la Suprema Corte de Justicia, con el mínimo personal indispensable. En las Cámaras de Apelación deberán organizarse guardias para la atención de los asuntos urgentes, con presencia de los Jueces o Vocales y los agentes que determinen.






