La circulación por las autopistas también tendrá controles y consecuentes multas para aquellos automovilistas que incurran en delitos o contravenciones a la normativa. Esta semana el Gobierno oficializó a través del decreto 974/2018 la aplicación de multas para los conductores que pasen por el peaje sin abonar la tarifa correspondiente.
La normativa, que posee las firmas del presidente Mauricio Macri, el jefe de Gabinete Marcos Peña y el ministro de Transporte Guillermo Dietrich, dispone que en caso de que se incurra en la falta de pago del peaje o contraprestación por tránsito, los usuarios serán sancionados con multas de entre 100 y 300 Unidades Fijas (UF).
Según establece la Ley de Tránsito, cada UF equivale al menor precio de venta al público de un litro de nafta especial, por lo que la sanción podría oscilar entre los 5.355 pesos y los 10.953 e inclusive podría variar dependiendo de si la infracción se comete en Capital Federal o en Provincia de Buenos Aires.
Dentro del decreto la falta de pago del peaje o contraprestación por tránsito se considera como "falta grave", por lo que a la mencionada sanción económica también se le sumará el descuento de 1 punto en la licencia de conducir. "Cuando no se identifique al conductor infractor, será sancionado el propietario del vehículo, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 75 inciso c) de la Ley N° 24.449", indica el texto.






