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Crean en Presidente Perón la figura del Defensor del Pueblo: quién será

En los próximos días los vecinos podrán postularse y después votará el Concejo Deliberante. El cargo dura 5 años.

El Concejo Deliberante de Presidente Perón aprobó ayer una ordenanza con la que crean en el Municipio la figura de “Defensor del Pueblo”. En los próximos días los vecinos y dirigentes del distrito podrán postularse y luego el mismo Concejo votará al defensor y a su adjunto. El nuevo cargo tendrá como función principal controlar al Ejecutivo y elevar reclamos vecinales.

La ordenanza fue sancionada por impulso del bloque de Cambiemos que conduce Guido Giana y también por los concejales peronistas que responden al intendente saliente, Aníbal Regueiro, que a partir del 10 de diciembre pasará a la oposición a la intendenta electa Blanca Cantero.

La nueva norma está basada en la ley 13834 de la provincia de Buenos Aires, que “invita” a los Concejos Deliberantes a crear la Defensorías en cada municipio. El texto da una amplia autonomía al Defensor y a su adjunto: tienen independencia funcional y política y no pueden recibir instrucciones de ningún poder municipal.

Su misión principal es supervisar el desempeño de los funcionarios y agentes municipales e intervenir ante omisiones, demoras, irregularidades, delitos o impericias que sean responsabilidad del Ejecutivo.

Según lo pautado en la ordenanza, las designaciones deberían resolverse rápidamente en los próximos días. A partir de que el Ejecutivo promulgue la ordenanza, durante cinco días se recibirán presentaciones de los postulantes. Los candidatos serán evaluados por la Comisión de Hacienda y Legislación del Concejo Deliberante, que finalmente propondrá entre uno y tres para que sean votados por el cuerpo. El que más adhesiones reciba será Defensor del Pueblo, y el segundo será su adjunto.

El mandato del Defensor durará cinco años y tendrá opción a ser renovado. Cesan por muerte, renuncia o negligencia. Cobrará el mismo sueldo que un concejal y tiene las mismas incompatibilidades para ejercer otros cargos. Debe disponer de una oficina en el palacio municipal y el Ejecutivo le debe asignar un empleado administrativo.

Los requisitos para llegar a la Defensoría es tener ciudadanía natural de Presidente Perón en ejercicio o legal después de 5 años de antigüedad. Los aspirantes deben presentar “antecedentes curriculares” y ser “idóneos”.

El detalle de las funciones del cargo es controlar la aplicación de legislación municipal, atender denuncias y reclamos de particulares, gestionar soluciones a pedidos, receptar denuncias y elevar informes anuales al Concejo Deliberante.

También tiene como atribuciones pedir información y colaboración a las diferentes áreas del Municipio y éstas pueden contestarle en no más de diez días. El acceso a la documentación y las oficinas locales es irrestricto para el Defensor, y además puede formular recomendaciones y enviar proyectos de ordenanza.

Lo que no puede hacer es intervenir en conflictos entre particulares ni en casos judicializados. Tampoco en reclamos que tengan más de un año: algo que blinda a la gestión de Regueiro de las eventuales búsquedas de irregularidades.

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