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Publicación de edicto - Almirante Brown

Artículo 3°: Imponer a la infractora Banco Comafi S.A., C.U.I.T. N° 30-60473101-8, con domicilio en Av. Presidente Roque Saenz Peña N° 660, 3° piso, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la multa de 01 -UN- S.M.V.M., que a la fecha asciende a la suma de $262.432,93 -PESOS DOSCIENTOS SESENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y DOS CON NOVENTA Y TRES CENTAVOS-, por las infracciones verificadas y analizadas precedentemente a los art. Nros. 4 y 19 de la ley 24.240, con más la suma de $5.375,00 -PESOS CINCO MIL TRESCIENTOS SETENTA Y CINCO CON CERO CENTAVOS- en carácter de derechos de oficina, conforme ordenanza N°13.224, Dec. Reg. 769, art. N° 40, inciso J, y por aplicación de los art. Nros. 73 inc. b) y 77 incs. a), c), f), y g) de la ley 13.133, debiéndose efectuar el depósito correspondiente dentro del plazo de 10 -DIEZ- días hábiles de notificada la presente (art. N° 63 de la ley 13.133), para lo cual deberá presentarse en el tribunal de Faltas Municipal, sito en la calle Rosales N° 1.280, de la localidad de Adrogué, partido de Almirante Brown, provincia de Buenos Aires, a fin de retirar la boleta de pago correspondiente con la cual concurrirá a la caja municipal a realizar el depósito, o contactarse vía mail con cualquiera de las siguientes casillas: [email protected]//[email protected], a los fines de ser entregados los datos correspondientes para realizar la transferencia bancaria de la suma indicada. La falta de pago hará exigible el cobro mediante ejecución fiscal por vía de apremio, siendo título suficiente el testimonio de la resolución condenatoria firme (art. N° 64 de la Ley 13.133). Tribunal de Faltas, Municipio de Almirante Brown.