Desde el año 2019, rige en Almirante Brown una ordenanza por la cual se prohíbe la comercialización de pirotecnia sonora. A poco de la llegada de la Navidad, se intensificaron los controles para evitar el incumplimiento de la normativa.
Pirotecnia: cuáles están prohibidas y cuáles se permiten en Almirante Brown
Desde el 2019, una ordenanza prohíbe su venta en el municipio. Sin embargo, no hace menciones a su uso. Cuáles son las habilitadas.
Según establece la ordenanza N° 11.416, se regula en todo el distrito "diversos aspectos relativos al uso y comercialización de artículos de pirotecnia y todo producto similar destinado a provocar ruidos mediante detonaciones".
Esta medida fue tomada por petición de los padres de alumnos con Trastorno del Espectro Autista (TEA), y Trastorno Generalizado en Desarrollo (TGD), quienes sufren de los ruidos de las explosiones.
"Se tapan muy fuerte los oídos, tienen crisis de llanto e incluso llegan a autolesionarse, toman una posición agresiva para comunicar que los ruidos les molestan, aún cuando se trata de proteger a los niños con tapones en los oídos, y cerrando puertas y ventanas, ya que cada estruendo implica un daño, un sufrimiento para ellos", señala la normativa browniana.
Además, las organizaciones proteccionistas de animales también se sumaron a la petición, dado que las detonaciones de la pirotecnia produce "efectos nocivos".
Así fue que se sancionó esta ordenanza, que establece multas a quienes la incumplen, además del decomiso y la destrucción de los productos. También se estableció un canal para realizar denuncias.
Sin embargo, la misma no menciona qué es lo que ocurre con el uso de fuegos de artificio, dado que el mismo si está permitido. Incluso, establece normativas para la realización de espectáculos de fuegos artificiales.
¿Qué tipo de pirotecnia se puede adquirir en Almirante Brown?
PROHIBIDAS: pirotecnia sonora que provoca ruidos mediante detonaciones
- Petardos (cilíndricos, triángulos, esféricos, otras formas)
- Fósforos
- Batería
- Volcán
- Mortero
- Mortero con bomba
- Bomba
- Fogueta
- Torta
- Caña voladora con efectos audibles, de estruendo o estampida
- Caña voladora con paracaídas
PERMITIDOS: aquellos fuegos de artificio que "no produzcan efecto audible de estruendo y/o estampido"
- Estallido
- Bengala
- Estrellita
- Bengalita sin humo
- Volcán de efecto lumínico
- Fuente
- Mortero de efecto lumínico
- Candela
- Torta lumínica
- Caña voladora
- Giratorio (sin desplazamiento, con desplazamiento)

