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Cuota Simple: suman nuevos rubros al programa

El programa Cuota Simple suma novedades y más rubros se podrán abonar en 3 y 6 cuotas fijas. El turismo se adhiere por 90 días.

La Secretaría de Comercio anunció algunas modificaciones al programa "Cuota Simple", a partir de las cuales se suman nuevis rubros y comercios de todo al país a esta política que permite pagar en 3 y 6 cuotas fijas.

Los cambios tienen el objetivo de fomentar el turismo interno en el período de Carnaval y "Semana Santa", que mueve millones de turistas. Por eso, se incluyó al rubro "turismo" por un término de 90 días, de acuerdo con la Resolución 55/2024, publicada en el Boletín Oficial.

También hay otras modificaciones como la tecnología "5G" en el caso de los "Teléfonos celulares" y que habilita a los comercios que califiquen como “Supermercados”, “Hipermercados” o “Tiendas de Rubros Generales” a comercializar este tipo de smartphone bajo el programa "Cuota Simple" los tipos de financiamiento del Programa “CUOTA SIMPLE”.

Qué se puede adquirir a través del programa

  • Línea Blanca: comprende únicamente los siguientes productos: aires acondicionados, climatizadores de aire y/o ventilación, lavavajillas, lavarropas y secarropas, cocinas, hornos y anafes, calefactores y estufas, termotanques y calefones, heladeras, congeladores y freezers.
  • Indumentaria: comprende los siguientes productos: prendas de vestir para hombres, mujeres y niños (incluye ropa de trabajo, deportiva, de uso diario y todo tipo de accesorios de vestir), así como también joyería y relojería.
  • Calzado y Marroquinería: comprende los siguientes productos: calzado deportivo y no deportivo, carteras, maletas, bolsos de mano y artículos de marroquinería de cuero y otros materiales.
  • Teléfonos celulares con tecnología 4G y 5G.
  • Muebles.
  • Bicicletas.
  • Motos: comprende a todas aquellas cuyo precio final no sea superior a PESOS UN MILLÓN TRESCIENTOS MIL ($ 1.300.000).
  • Servicios Educativos: comprende cursos de idioma, cursos relacionados con informática, deportivos y actividades culturales. No incluye escuelas ni universidades.
  • Colchones.
  • Libros: Comprende textos escolares y libros.
  • Anteojos y Lentes de Contacto: con un tope de $97.000
  • Artículos de Librería: comprende artículos escolares de librería (cuadernos, papelería, lápices, lapiceras, mochilas, cartucheras, etiquetas, entre otros).
  • Juguetes y Juegos de Mesa.
  • Servicios Técnicos de Electrónica y Electrodomésticos para el Hogar.
  • Neumáticos, accesorios, kit de conversión de vehículos a gas GNC y repuestos para automotores y motos.
  • Instrumentos Musicales.
  • Computadoras, Notebooks y Tablets.
  • Artefactos de iluminación, incluyendo los artefactos eléctricos de iluminación con tecnología LED
  • Televisores y monitores.
  • Perfumería: comprende productos de cosmética, cuidado personal y perfumes.
  • Pequeños Electrodomésticos.
  • Servicios de preparación para el deporte, comprendiendo gimnasios.
  • Equipamiento Médico: comprende equipos de terapia respiratoria (Aparatos de oxigenoterapia, Aparatos de aerosolterapia -nebulizadores-); Mobiliario (camas ortopédicas, Ayudas para el baño: sillas para bañarse, sillas de transferencia, barras de sujeción); Sillas de ruedas; Ortesis, ortopedia y sus partes, con un tope de $ 1.160.000.
  • Maquinaria y Herramientas. Comprende los taladros, amoladoras angulares, lijadoras, pulidoras, sierras, soldadoras con electrodos revestido, soldadora sistema TIG, soldadora sistema MIG-MAG y morsas.
  • Espectáculos y Eventos culturales. Comprende obras teatrales y conciertos de artistas nacionales, con un tope de $62.000
  • Elementos durables de cocina: comprende ollas, cacerolas, sartenes y planchas, todos de aluminio.
  • Servicios de Reparación de Vehículos Automotores y Motocicletas.
  • Kit para la conexión domiciliaria a los servicios públicos de agua y cloacas.
  • Turismo: comprende los siguientes servicios y/o productos a ser prestados íntegramente dentro del Territorio Nacional: pasajes de ómnibus de larga distancia, pasajes aéreos, hoteles y otros alojamientos turísticos, paquetes turísticos adquiridos a través de agencias de viaje, autos de alquiler, excursiones y actividades recreativas, y productos regionales. El plazo de operatoria del presente rubro tendrá una vigencia de 90 días, contados a partir del 7 de febrero del 2024.

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