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El Gobierno fijó nuevos aumentos del salario mínimo hasta agosto de 2026

El salario mínimo tendrá subas mensuales hasta agosto de 2026 y en total aumentará 16,8%, según la resolución publicada por el Gobierno en el Boletín Oficial.

El Gobierno nacional oficializó un nuevo esquema de aumentos escalonados para el salario mínimo que regirá entre noviembre de este año y agosto de 2026, luego de que fracasaran las negociaciones entre sindicatos y empleadores. La medida se confirmó este miércoles 3 de diciembre mediante la Resolución 9/2025 publicada en el Boletín Oficial.

Según indicaron, el Poder Ejecutivo volvió a fijar de manera unilateral la remuneración mínima para quienes están alcanzados por el Régimen de Contrato de Trabajo, el Régimen de Trabajo Agrario, la Administración Pública Nacional y todos los organismos del Estado que actúen como empleadores.

Salario mínimo: cuánto se cobrará mes a mes

La resolución detalló los siguientes montos mensuales y por hora:

  • Noviembre 2025: $328.400 por mes / $1.642 por hora

  • Diciembre 2025: $334.800 por mes / $1.674 por hora

  • Enero 2026: $341.000 por mes / $1.705 por hora

  • Febrero 2026: $346.800 por mes / $1.734 por hora

  • Marzo 2026: $352.400 por mes / $1.762 por hora

  • Abril 2026: $357.800 por mes / $1.789 por hora

  • Mayo 2026: $363.000 por mes / $1.815 por hora

  • Junio 2026: $367.800 por mes / $1.839 por hora

  • Julio 2026: $372.400 por mes / $1.862 por hora

  • Agosto 2026: $376.600 por mes / $1.883 por hora

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En agosto habrá nuevas propuestas por parte del Gobierno por el salario mínimo.

En agosto habrá nuevas propuestas por parte del Gobierno por el salario mínimo.

Cabe destacar que hasta octubre, el salario mínimo se ubicaba en $322.200. Con la actualización, pasó a $334.800 en noviembre y llegará a $376.600 en agosto de 2026. De esta manera, el incremento total será de $54.400 en diez meses, lo que representa una suba del 16,8%.

Prestación por desempleo y nuevos criterios

La normativa también modificó los criterios para el cálculo de la prestación por desempleo y estableció que el monto será equivalente al 75% del salario neto promedio que hubiera percibido el trabajador en los seis meses previos al cese del contrato que originó la situación de desempleo. Asimismo, fijó topes: la prestación no podrá ser inferior al 50% del Salario Mínimo Vital y Móvil vigente ni superior al 100% del mismo parámetro.

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