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Arrancó la veda electoral en la Provincia de Buenos Aires

La veda electoral se extenderá desde la 8 de este viernes hasta el domingo a las 21, en el marco de las elecciones legislativas en la Provincia de Buenos Aires.

Arrancó la veda electoral en la Provincia de Buenos Aires de cara a las elecciones legislativas del domingo. Esta instancia implica la limitación y prohibición de algunas actividades para asegurar el normal funcionamiento de los comicios en todo el territorio bonaerense.

La veda electoral comienza 48 horas antes del inicio de los sufragios, momento en que prohíbe los actos de campaña, la emisión de propaganda y la difusión de encuestas. Es así que se da por finalizada la campaña electoral en el calendario. Por eso, dado que las elecciones arrancan a las 8 de este domingo, la veda inició a las 8 de este viernes y se extiende hasta tres horas después del cierre, por lo tanto, se levanta oficialmente a partir de las 21 del domingo.

Las actividades que están prohibidas son las siguientes: publicación de “boca de urna” porque no se puede publicar o difundir proyecciones sobre el resultado de la elección hasta tres horas después del cierre de los comicios, es decir, hasta las 21; la propaganda en inmediaciones de las escuelas está prohibida de cualquier tipo, así como el uso de banderas, divisas u otros distintivos partidarios en un radio de 100 metros alrededor de las mesas receptoras de votos. Además está prohibido el expendio de bebidas alcohólicas durante el día de las elecciones en la provincia de Buenos Aires.

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Por otro lado, en cuanto a la seguridad, ningún elector puede ser detenido por las autoridades durante las horas de la elección, salvo en caso de ser sorprendido en flagrante delito o si existe una orden de un Juez competente.

El voto en la Provincia de Buenos Aires

En cuanto a la reglamentación del voto, según la Ley Electoral Provincial n° 5109, los electores mayores de 18 años y menores de 70 años que figuren en el padrón electoral tienen la obligación de emitir su voto en las elecciones legislativas provinciales. Por lo tanto, quienes no participen de los comicios de este domingo serán sancionados por la justicia electoral provincial.

El artículo 137 de la Ley Electoral Provincial N° 5109 establece una multa de $50 a $500 para los electores que no emitan su voto y no justifiquen su ausencia ante la Junta Electoral. Además de la sanción económica, el gobierno provincial advierte que el infractor puede quedar registrado en el Registro de Infractores al deber de votar. Las multas recaudadas se destinan al fomento de la educación común en los respectivos distritos.

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