Presidente Perón

Crean en Presidente Perón la figura del Defensor del Pueblo: quién será

En los próximos días los vecinos podrán postularse y después votará el Concejo Deliberante. El cargo dura 5 años.

Crean en Presidente Perón la figura del Defensor del Pueblo: quién será
El Diario Sur

El Concejo Deliberante de Presidente Perón aprobó ayer una ordenanza con la que crean en el Municipio la figura de “Defensor del Pueblo”. En los próximos días los vecinos y dirigentes del distrito podrán postularse y luego el mismo Concejo votará al defensor y a su adjunto. El nuevo cargo tendrá como función principal controlar al Ejecutivo y elevar reclamos vecinales.

La ordenanza fue sancionada por impulso del bloque de Cambiemos que conduce Guido Giana y también por los concejales peronistas que responden al intendente saliente, Aníbal Regueiro, que a partir del 10 de diciembre pasará a la oposición a la intendenta electa Blanca Cantero.

La nueva norma está basada en la ley 13834 de la provincia de Buenos Aires, que “invita” a los Concejos Deliberantes a crear la Defensorías en cada municipio. El texto da una amplia autonomía al Defensor y a su adjunto: tienen independencia funcional y política y no pueden recibir instrucciones de ningún poder municipal.

Su misión principal es supervisar el desempeño de los funcionarios y agentes municipales e intervenir ante omisiones, demoras, irregularidades, delitos o impericias que sean responsabilidad del Ejecutivo.

Según lo pautado en la ordenanza, las designaciones deberían resolverse rápidamente en los próximos días. A partir de que el Ejecutivo promulgue la ordenanza, durante cinco días se recibirán presentaciones de los postulantes. Los candidatos serán evaluados por la Comisión de Hacienda y Legislación del Concejo Deliberante, que finalmente propondrá entre uno y tres para que sean votados por el cuerpo. El que más adhesiones reciba será Defensor del Pueblo, y el segundo será su adjunto.

El mandato del Defensor durará cinco años y tendrá opción a ser renovado. Cesan por muerte, renuncia o negligencia. Cobrará el mismo sueldo que un concejal y tiene las mismas incompatibilidades para ejercer otros cargos. Debe disponer de una oficina en el palacio municipal y el Ejecutivo le debe asignar un empleado administrativo.

Los requisitos para llegar a la Defensoría es tener ciudadanía natural de Presidente Perón en ejercicio o legal después de 5 años de antigüedad. Los aspirantes deben presentar “antecedentes curriculares” y ser “idóneos”.

El detalle de las funciones del cargo es controlar la aplicación de legislación municipal, atender denuncias y reclamos de particulares, gestionar soluciones a pedidos, receptar denuncias y elevar informes anuales al Concejo Deliberante.

También tiene como atribuciones pedir información y colaboración a las diferentes áreas del Municipio y éstas pueden contestarle en no más de diez días. El acceso a la documentación y las oficinas locales es irrestricto para el Defensor, y además puede formular recomendaciones y enviar proyectos de ordenanza.

Lo que no puede hacer es intervenir en conflictos entre particulares ni en casos judicializados. Tampoco en reclamos que tengan más de un año: algo que blinda a la gestión de Regueiro de las eventuales búsquedas de irregularidades.