La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) continúa con los beneficios en este mes de marzo. Entre ellos, destaca el acceso a Internet de manera 100% gratis.
El beneficio está dirigido para aquellas personas que no pueden afrontar el pago de los planes de los servicios de telefonía fija, móvil, televisión por cable o internet.
El Programa de Conectividad consiste en llevar internet gratis a los barrios populares. Para obtenerlo, es necesario tener o tramitar la Prestación Básica Universal y Obligatoria (PBU). En caso de precisar solicitar la asistencia, se deberá descargar la Declaración Jurada que se encuentran en la página web oficial del gobierno argentina.gob.ar, completar el documento y enviarla a los prestadores de los servicios que sean necesarios, a través de los canales de atención habilitados.
Podrán acceder al beneficio:
- Las personas beneficiarias de la Asignación Universal por Hijo (AUH) y la Asignación por Embarazo. También pueden adherirse sus hijos e hijas de entre 16 y 18 años y miembros de su grupo familiar (padre/madre, cónyuge/conviviente).
- Personas beneficiarias de Pensiones no Contributivas que perciban ingresos mensuales brutos no superiores a 2 Salarios Mínimos Vitales y Móviles. También pueden adherirse sus hijos e hijas de entre 16 y 18 años.
- Personas inscriptas en el Régimen de Monotributo Social. También pueden adherirse sus hijos e hijas de entre 16 y 18 años.
- Personas jubiladas, pensionadas y trabajadoras en relación de dependencia que perciban una remuneración bruta menor o igual a 2 Salarios Mínimos Vitales y Móviles. También pueden adherirse sus hijos e hijas de entre 16 y 18 años.
- Monotributistas de categorías con ingresos mensuales que no superen 2 Salarios Mínimos Vitales y Móviles. También pueden adherirse sus hijos e hijas de entre 16 y 18 años.
- Personas que cobran seguro de desempleo. También pueden adherirse sus hijos e hijas de entre 16 y 18 años.
- Personas del Régimen Especial de Seguridad Social para Empleados de Casas Particulares. También pueden adherirse sus hijos e hijas de entre 16 y 18 años
- Personas que cobran una beca del programa Progresar.
- Personas que están desocupadas o se desempeñan en la economía informal. También pueden adherirse sus hijos e hijas de entre 16 y 18 años
- Personas beneficiarias de programas sociales. También pueden adherirse sus hijos e hijas de entre 16 y 18 años.
- Personas trabajadoras inscriptas en el “Portal Empleo” del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.
- Clubes de Barrio y de Pueblo registrados.
- Asociaciones de Bomberos Voluntarios registradas.
- Entidades de Bien Público: asociaciones civiles, simples asociaciones y fundaciones que no persiguen fines de lucro en forma directa o indirecta y las organizaciones comunitarias sin fines de lucro con reconocimiento municipal que llevan adelante programas de promoción y protección de derechos o desarrollan actividades de ayuda social directa sin cobrar por los servicios que prestan. Deben estar inscriptas en el Centro Nacional de Organizaciones de la Comunidad (CENOC).

