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El Gobierno reglamentó la reforma laboral: cómo se pagarán las indemnizaciones por despido ahora

Según las autoridades, la reforma laboral precisa los alcances de “una modernización de las leyes laborales que es histórica en la Argentina”.

El Gobierno publicó el decreto reglamentario de la reforma laboral en el Boletín Oficial, a través del cual sostiene que se concreta “una modernización histórica de las leyes laborales en la Argentina”.

Esto último lo sostuvo el secretario de Trabajo, Julio Cordero, quien, junto con el ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, dio precisiones sobre el decreto que reglamenta los 17 artículos del capítulo laboral para bajar los índices de trabajo no registrado.

“El Presidente nos pidió una reforma laboral donde ganen los empresarios y los trabajadores”, remarcó Sturzenegger acerca de la posibilidad de que las dos partes de una relación laboral acuerden dentro de los convenios colectivos de trabajo un sistema indemnizatorio distinto al actual, de manera voluntaria. En ese sentido, agregó: “El Gobierno viene a darle libertad a las partes para que puedan encontrar esa mejora mutua”.

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En el decreto publicado este jueves, se establece: “Apruébase la Reglamentación de los artículos 76 a 81 del TÍTULO IV - Promoción del empleo registrado- de la Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos N° 27.742, que como ANEXO I”, además de la aprobación de los “artículos 82 a 98 del TÍTULO V - Modernización laboral”.

Cabe destacar que dentro del capítulo laboral se encuentran los artículos 76 y 81, bajo el título "Promoción del empleo registrado", en el que se plantea un "blanqueo" de trabajadores, en el que el empleador tendrá el beneficio de la extinción de la acción penal, la condonación de infracciones y sanciones, la baja del Registro de Sanciones Laborales (REPSAL) y la condonación de deudas por capital e intereses. En el caso de los empleados, cualquiera sea su antigüedad y su salario, "sólo podrá tener acreditados hasta 5 años de aportes calculados sobre el monto del salario mínimo, vital y móvil, a los fines de reconocimiento para su jubilación".

Es importante aclarar que, en cuanto a los despidos e indemnizaciones, el sistema contempla tres formatos: cancelación individual (pago directo del empleador al trabajador como sucede hoy), Fondo de Cese individual o colectivo (aportes mensuales acumulativos, con porcentaje y montos a acordar previamente) y Seguro individual o colectivo (con aseguradoras habilitadas por la Superintendencia de Seguros de la Nación).

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