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Telecentro devolverá un cargo cobrado entre 2008 y 2014: quiénes podrán recibir el reembolso

La restitución alcanza a clientes y exclientes de telefonía, cable e internet que pagaron un cargo por pago fuera de término entre 2008 y 2014.

Telecentro deberá restituir una suma de dinero a clientes y exclientes que hayan abonado un "cargo administrativo por pago fuera de término" entre el 2 de septiembre de 2008 y el 30 de septiembre de 2014. La medida surge de un acuerdo conciliatorio homologado en la causa "Unión de Usuarios y Consumidores c/ Telecentro S.A. s/ Ordinario", que tramita ante el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N°16, Secretaría N°31.

Según el edicto judicial, la devolución alcanza a quienes fueron titulares de servicios de telefonía, cable y/o internet de la empresa durante ese período y pagaron ese concepto. El reintegro comprenderá el importe cobrado, además del IVA y los intereses correspondientes.

Reembolso para clientes y exclientes de Telecentro por un cargo administrativo cobrado entre 2008 y 2014.

Reembolso para clientes y exclientes de Telecentro por un cargo administrativo cobrado entre 2008 y 2014.

Telecentro: quiénes recibirán el reembolso

El acuerdo establece que podrán acceder a la restitución quienes hayan sido clientes o exclientes de Telecentro entre el 2 de septiembre de 2008 y el 30 de septiembre de 2014 y hayan abonado el denominado "cargo administrativo por pago fuera de término".

De acuerdo con el edicto, la suma a devolver incluye:

  • El importe del cargo administrativo.
  • El IVA correspondiente.
  • Los intereses devengados.

La medida surge del acuerdo alcanzado entre Telecentro S.A. y la asociación Unión de Usuarios y Consumidores, posteriormente homologado por la Justicia.

La devolución alcanza a usuarios de telefonía, cable e internet que abonaron un cargo por pago fuera de término.

La devolución alcanza a usuarios de telefonía, cable e internet que abonaron un cargo por pago fuera de término.

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Acuerdo judicial y derecho de exclusión

El edicto también informa que los usuarios que no deseen quedar comprendidos dentro del acuerdo podrán ejercer el derecho de exclusión previsto en el artículo 54 de la Ley 24.240 de Defensa del Consumidor.

Para hacerlo, deberán manifestar su voluntad mediante un correo electrónico dirigido a las direcciones de ambas partes dentro de los 30 días del plazo indicado en la publicación del edicto.

Además, el texto completo del acuerdo conciliatorio y de la sentencia que lo homologó puede consultarse en la Sucursal Virtual de Telecentro y en el sitio web de la asociación Unión de Usuarios y Consumidores.

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