Algunos jubilados bonaerenses tendrán la posibilidad de cambiar la forma en que se actualiza su haber previsional. A partir de una nueva disposición, quienes cobran una jubilación por haber trabajado en organismos nacionales, empresas privadas u otras entidades ajenas a la administración pública de la Provincia de Buenos Aires podrán optar por que los aumentos se calculen según la evolución salarial de su antiguo puesto de trabajo, en lugar de hacerlo mediante un índice general.
Muchos jubilados tendrán un cambio en el cálculo de sus haberes en Provincia: a quiénes afecta
Algunos jubilados podrán optar por que su haber se actualice según los aumentos salariales de su antiguo puesto de trabajo.
La medida alcanza a quienes perciben jubilaciones por los denominados "cargos de extraña jurisdicción", es decir, empleos que no pertenecían a la Provincia de Buenos Aires, pero cuyos aportes son administrados por el Instituto de Previsión Social (IPS).
Hasta ahora, esos haberes se actualizaban automáticamente mediante el Coeficiente de Actualización Previsional (COPA), un índice general utilizado para este tipo de beneficios. Con el nuevo mecanismo, cada jubilado podrá elegir que su haber se ajuste de acuerdo con los aumentos salariales que reciba el personal que hoy ocupa el mismo cargo que desempeñó antes de jubilarse.
Jubilados: cómo funciona el nuevo sistema de actualización
La principal diferencia es que el aumento dejará de depender únicamente del coeficiente COPA y pasará a reflejar las variaciones salariales específicas del cargo de origen del jubilado.
Esto puede representar una mejora para quienes pertenecían a sectores donde las paritarias o los incrementos salariales evolucionan por encima del índice general.
En municipios del sur del conurbano, como Lanús, Avellaneda y Esteban Echeverría, viven numerosos jubilados que trabajaron en organismos nacionales, empresas privadas o cajas previsionales que luego fueron transferidas. Para ellos, la posibilidad de elegir este sistema puede traducirse en una actualización más favorable de sus ingresos.
Sin embargo, la adhesión es voluntaria y también implica nuevas obligaciones para el beneficiario.
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Qué documentación deberán presentar los jubilados
Quienes decidan optar por este sistema deberán presentar un formulario de solicitud certificado por una autoridad bancaria o por un escribano público.
Además, tendrán que acreditar cuál es el salario vigente del cargo que ocupaban antes de jubilarse.
- Si el puesto está comprendido en un convenio colectivo, deberán presentar la escala salarial actualizada certificada por la entidad empleadora.
- Si el cargo no pertenece a un convenio colectivo, deberán entregar una copia certificada de los recibos de sueldo del trabajador que actualmente desempeña esa misma función.
Toda esa documentación será evaluada por el organismo previsional, que además podrá solicitar información adicional o realizar auditorías si lo considera necesario.
Qué hay que tener en cuenta antes de elegir esta opción
La elección de este mecanismo solo puede hacerse una vez. Una vez ejercida la opción, el jubilado deberá seguir presentando periódicamente la documentación actualizada para que el haber continúe ajustándose de acuerdo con los salarios del cargo.
Si deja de presentar esa información, el organismo dejará de aplicar nuevas actualizaciones mediante este sistema y el haber permanecerá con el último monto reconocido.
Otro punto importante es que no habrá pagos retroactivos. La nueva forma de cálculo comenzará a aplicarse desde el momento en que se presente la documentación y no generará diferencias por períodos anteriores.
Además, este régimen dejará de tener efecto si en el futuro el organismo previsional firma un convenio formal de movilidad con la entidad donde trabajó el jubilado.
Cómo iniciar el trámite
Quienes quieran adherir a este mecanismo deberán solicitar un turno, presencial o virtual, a través del portal del organismo previsional, seleccionando la opción "Presentación de propuesta de pago y/o comprobante de pago".



