Las empleadas domésticas reciben en julio de 2026 el último tramo del aumento salarial acordado en paritarias, mientras que los empleadores también deberán afrontar una actualización de uno de los aportes obligatorios a partir de agosto.
Empleadas domésticas: cuánto cobran en julio y qué pago aumenta para los empleadores desde agosto
Las empleadas domésticas cobran un 1,4% más en julio y, desde agosto, los empleadores deberán abonar un aporte de $1.839 por trabajador.
Por un lado, el acuerdo salarial estableció un incremento del 1,4% para julio, con una nueva escala de haberes mínimos para el personal de casas particulares. Por otro, la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT) fijó en $1.839 el valor de la suma fija destinada al Fondo Fiduciario de Enfermedades Profesionales (FFEP), importe que comenzará a abonarse desde agosto y corresponde al devengado de julio.
Empleadas domésticas: cuánto cobran en julio de 2026
Con el incremento del 1,4%, la categoría Tareas Generales quedó con los siguientes valores mínimos:
Por hora
- Con retiro: $3.733,72
- Sin retiro: $3.996,45
Mensual
- Con retiro: $458.053,22
- Sin retiro: $505.302,76
Estos valores corresponden a los salarios básicos mínimos establecidos en el acuerdo paritario vigente para julio de 2026.
Aporte para empleadores de casas particulares
Además de la actualización salarial, la Gerencia de Control Prestacional de la SRT publicó la Disposición 7/2026, que actualiza el valor de la suma fija destinada al Fondo Fiduciario de Enfermedades Profesionales.
La norma establece que el nuevo monto será de $1.839 por cada trabajador, tanto para el régimen general como para el régimen especial de casas particulares.
Según la disposición, el importe surge de la actualización prevista por la normativa vigente. Para el régimen de casas particulares, el cálculo arrojó un valor de $1.838,88, que fue redondeado a $1.839.
El nuevo valor corresponde al devengado de julio de 2026, pero comenzará a abonarse a partir de agosto.
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Cómo registrar al personal de casas particulares
La registración del personal es obligatoria para todos los empleadores, sin importar la cantidad de horas trabajadas o la modalidad de contratación.
El trámite se realiza de manera virtual a través de ARCA con clave fiscal. Entre los datos que deben cargarse figuran el CUIL del trabajador, domicilio, modalidad de contratación, remuneración, cantidad de horas semanales, fecha de ingreso y domicilio donde se prestan las tareas.



