La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) dispuso que diez principios activos y asociaciones medicinales pasarán a ser de venta libre en la Argentina. La medida fue oficializada mediante la Disposición 4714/2026, publicada este martes 28 de julio en el Boletín Oficial, y entrará en vigencia el miércoles 29 de julio.
ANMAT autorizó la venta libre de 10 medicamentos: cuáles ya no necesitarán receta
La medida alcanza a medicamentos de uso oral, oftálmico y tópico. Los nuevos envases deberán adaptarse a la condición de venta libre.
La decisión alcanza a determinadas especialidades medicinales inscriptas en el Registro de Especialidades Medicinales (REM), siempre que cumplan con las concentraciones, presentaciones y vías de administración establecidas en la normativa.
Según explicó el organismo, los medicamentos incluidos permanecieron al menos cinco años en el mercado argentino bajo condición de venta bajo receta y, durante ese período, no registraron efectos adversos graves que modificaran de manera negativa su balance entre riesgos y beneficios.
ANMAT y medicamentos de venta libre: cuáles son los alcanzados
La disposición establece la venta libre para las siguientes presentaciones:
- Trimebutina maleato 100 mg, en comprimidos o cápsulas de administración oral.
- Levocetirizina diclorhidrato 5 mg y 5 mg/ml, en comprimidos, cápsulas o solución oral.
- Fexofenadina clorhidrato 60 mg, 120 mg y 6 mg/ml, en comprimidos, cápsulas o solución oral.
- Dimenhidrinato 50 mg, en comprimidos o cápsulas de administración oral.
- Nafazolina clorhidrato y feniramina maleato, en solución oftálmica estéril con concentración de 0,025% y 0,3%, respectivamente.
- Olopatadina clorhidrato, en solución oftálmica estéril al 0,1% y 0,2%.
- Carboximetilcisteína al 5%, en jarabe o solución oral.
- Cloruro de aluminio hexahidratado al 20%, en loción de uso tópico.
- Asociación de carbonato de calcio, tintura de árnica montana y nitrato de plata, en polvo para administración oral o tópica.
- Ivermectina exclusivamente al 0,5%, en loción de uso tópico.
La ANMAT aclaró que la autorización para la ivermectina no incluye comprimidos ni otras presentaciones de administración oral. La venta libre solo alcanza a la loción tópica expresamente contemplada en la disposición.
Además, remarcó que la medida no implica que cualquier medicamento que contenga esos principios activos pase automáticamente a venderse sin receta. La condición de venta libre solo será válida para las concentraciones, formas farmacéuticas y vías de administración especificadas en la norma.
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Los laboratorios podrán seguir comercializando los lotes liberados antes de la entrada en vigencia de la disposición sin modificar rótulos, envases ni prospectos.
En cambio, los lotes liberados desde el 29 de julio deberán incorporar la condición de venta libre, adecuar sus presentaciones a las dosis y duración del tratamiento autorizadas e incluir un código QR que permita acceder al prospecto correspondiente.
De acuerdo con la disposición, la evaluación realizada por el organismo también tomó en cuenta antecedentes regulatorios de agencias sanitarias de Estados Unidos, Europa, España, Francia, Brasil y Colombia, además de la información proveniente del Sistema Nacional de Farmacovigilancia y de la base internacional de reacciones adversas de la Organización Mundial de la Salud.
La ANMAT sostuvo que estos medicamentos demostraron eficacia y seguridad para el tratamiento de síntomas fácilmente identificables por los usuarios y presentan un amplio margen terapéutico, aunque su utilización deberá respetar las dosis y el tiempo de tratamiento aprobados.
Además, con el cambio de condición de venta, estos medicamentos dejarán de contar con descuentos de obras sociales y empresas de medicina prepaga, ya que pasarán a comercializarse como productos de venta libre.



