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El Gobierno fijó nuevas reglas para limitar huelgas en aeropuertos

La ANAC estableció que durante medidas de fuerza deberá garantizarse al menos el 75% de los aeropuertos.

El Gobierno nacional dispuso nuevas condiciones para regular las medidas de fuerza en los aeropuertos del país y fijó que, ante conflictos gremiales, deberá mantenerse al menos el 75% de la operación habitual de los servicios aerocomerciales.

La medida fue oficializada a través de la Resolución 173/2026 de la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC), publicada en el Boletín Oficial, y alcanza a vuelos regulares, no regulares y servicios de navegación aérea dentro del territorio argentino.

Los principales puntos de la normativa

Entre los principales puntos, la normativa establece que no podrán verse afectados vuelos sanitarios, aeronaves públicas ni servicios hacia destinos que tengan una sola frecuencia diaria, con el objetivo de evitar el aislamiento de localidades.

Además, se creó un esquema de prioridades para reorganizar la actividad una vez finalizada una protesta. En primer lugar deberán normalizarse los vuelos internacionales de larga distancia; luego los regionales y, posteriormente, los de cabotaje, con prioridad para rutas de frecuencia única.

Otro aspecto incorporado es la variable meteorológica: si se prevén condiciones climáticas adversas, las medidas gremiales deberán suspenderse para preservar la seguridad operacional.

La resolución también fija un plazo de 30 minutos desde el fin de una protesta para que comience la normalización del tránsito aéreo, siguiendo la programación previa a la interrupción.

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