El ajuste responde, en parte, a la actualización mensual por inflación y a la incorporación de nuevos costos del sistema eléctrico.
Cuánto aumenta la luz: suba en distribución (CPD)
El principal ajuste se da en el Costo Propio de Distribución (CPD), que es uno de los componentes centrales de la factura.
Los aumentos respecto a marzo son:
- EDESUR: 1,98%
- EDENOR: 2,04%
Estos incrementos se calculan en base a un mecanismo que combina la inflación mayorista (IPIM) y la minorista (IPC).
Tarifas eléctricas: valor del VAD y referencia por kWh
Otro valor clave es el Valor Agregado de Distribución (VAD), que influye en el precio final del servicio.
Desde abril, los valores de referencia son:
- EDESUR: $55,900 por kWh
- EDENOR: $60,747 por kWh
Estos valores se utilizan, entre otras cosas, como referencia para cálculos internos del sistema.
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Subsidios de luz: nuevos topes y descuentos
El esquema de subsidios también tiene cambios concretos en números.
Para abril, los usuarios con subsidio (Régimen de Subsidios Energéticos Focalizados) tendrán:
- Tope de consumo con subsidio: 150 kWh por mes
- Lo que se consuma por encima de ese límite: se paga sin subsidio
Bonificaciones:
- 50% de descuento sobre el precio de la energía
- Hasta 25% adicional sobre el consumo base (este extra se va reduciendo mes a mes durante 2026)
Otros cargos que impactan en la factura de luz
Además del aumento en distribución, se suman otros costos técnicos que también influyen en el valor final:
- Ajuste por costo de energía (MEM):
- EDESUR: +$0,248 por kWh
- EDENOR: +$0,227 por kWh
- Compra de potencia (noviembre 2025):
- EDESUR: $78.016 por MW-mes
- EDENOR: $203.557 por MW-mes
- Fondo Nacional de la Energía Eléctrica (FNEE):
- $2.029 por MWh
- Transporte de energía:
- Aumento del 1,61% en los valores
Facturas de luz: qué va a aparecer en la boleta
Las empresas deberán detallar en la factura:
- El “Costo del Mercado Eléctrico Mayorista”
- El “Subsidio Estado Nacional”
Además, están obligadas a publicar los nuevos cuadros tarifarios en diarios dentro de los cinco días posteriores a la notificación.



