Vacaciones

Migraciones recordó qué documentación es necesaria para salir del país

Desde el ente, que depende del Ministerio del Interior, remarcaron las normas para argentinos, extranjeros y menores de edad.

Migraciones recordó qué documentación es necesaria para salir del país
El Diario Sur

Ante la llegada de las vacaciones, la Dirección Nacional de Migraciones –dependiente del Ministerio del Interior- recordó la documentación necesaria para salir del país ya sea por medios terrestres como aéreos, marítimos o fluviales. El punto central radica en las autorizaciones para los menores, el descuido que más cometen los argentinos al planear vacaciones en el extranjero.

En el caso de que los argentinos planeen viajar a un país que se encuentre dentro del Mercosur y los Estados Asociados, podrán hacerlo simplemente con el DNI digital o mismo con el pasaporte. En el caso del documento de identidad nacional, no serán válidos ni la credencial virtual ni los DNI libreta escritos a mano.

Si planean viajar a países fuera del Mercosur, es imprescindible contar con el Pasaporte y la documentación requerida en el país seleccionado –visados de vacaciones, permisos de viaje, etc.-.

CÓMO VIAJAR CON MENORES

Los menores de 18 años deberán contar con los mismos documentos que los adultos. En el caso de que viaje con ambos padres, deberán acreditar el vínculo familiar con la Libreta Civil de Familia, la Partida o Certificado de Nacimiento, o mismo el DNI del menor donde consten dichos datos. Si viaja con sólo uno de sus padres, además de demostrar la relación filiatoria deberán contar con una autorización del progenitor ausente.

Si los menores son además hijos de adolescentes, requerirán tanto la autorización de sus padres como la de sus abuelos por parte de cada progenitor “aunque los adolescentes estén casados o, aunque un progenitor fuese mayor. En caso de que falte algún consentimiento se requerirá la autorización judicial supletoria”, aseguran desde Migraciones.

Los tutores legales y curadores también deberán acreditarse, en este caso con una resolución judicial, designación y aceptación de tal cargo para con el menor.

En caso de que uno o ambos padres no puedan o quieran dar la autorización para salir del país, deberán contar con una Autorización Judicial Supletoria. La misma puede tramitarse “ante escribanos, cónsules argentinos y extranjeros, jueces competentes, autoridades del Registro de Estado Civil y Capacidad de las Personas, jueces de paz y oficinas de esta Dirección Nacional”.

PARA EXTRANJEROS RESIDENTES EN ARGENTINA

En caso de que sean extranjeros residentes en argentina, pueden acceder también a los países del Mercosur con el DNI digital y una constancia de residencia, consultando primero a los consulados de destino. Aquellos extranjeros “temporarios” que ya hayan superado el plazo de permanencia, deberán tramitar la “Habilitación de Salida” en Migraciones, en el Aeropuerto de Ezeiza o en Aeroparque.

Ante cualquier duda, pueden consultar en