En pos de evitar el aprovechamiento de los comerciantes y empresarios con los insumos sanitarios de primera necesidad, el Gobierno Nacional publicó este viernes los precios máximos para el alcohol en gel, los barbijos no quirúrgicos y los termómetros. Buscan que todos los ciudadanos puedan contar con los elementos de prevención sin tener que hacer un gasto desmedido.
La normativa oficial publicada esta mañana en el Boletín Oficial establece que el Gobierno Nacional debe garantizar los derechos esenciales de la población y su goce efectivo, siendo un interés prioritario tener asegurado el acceso sin restricciones a los bienes básicos, especialmente aquellos tendientes a la protección de la salud individual y colectiva".
"A los fines de asegurar la protección sanitaria y evitar situaciones de contagio, es menester garantizar el acceso a diversos productos críticos de la salud en condiciones razonables, justas y equitativas por parte de la población", resalta la normativa.
La medida "dispuso la retrocesión de su precio de venta, en todas las presentaciones, a valores del día 15 de febrero de 2020". Es así que determinaron que los barbijos no quirúrgicos tendrán un costo máximo de $40, mientras que el alcohol en gel irá de $110 (60 mililitros) a los $500 (el de litro).
En paralelo, intimaron a todas las empresas que forman parte de la cadena de producción, distribución y comercialización de los mencionados insumos a que incrementen al máximo su capacidad instalada, a la par que deberán informar semanalmente los precios de venta de dichos bienes durante el período de vigencia de la resolución.
En el caso particular de los barbijos, pidieron que se limite la comercialización de los elementos de uso profesional. "Los barbijos tipo N95 y/o quirúrgico y/o TRICAPA, sólo puedan ser adquiridos por aquellas personas humanas que acrediten su condición como profesionales y personal del sistema de salud", establece el decreto.
Finalmente, en el caso de los termómetros aclararon que "todos los agentes económicos que conforman la cadena de producción, distribución y comercialización, la retrocesión transitoria de los precios de venta del 'termómetro corporal de contacto', a los valores vigentes al día 6 de marzo del corriente año".






