Sociedad

Las agencias de turismo podrán atender a través de "locales virtuales"

Las agencias de viaje podrán solicitar la "suspensión de actividades y el cierre temporario".

Las restricciones a la circulación de personas por el coronavirus golpearon fuerte al sector turístico, con problemas para las grandes aerolíneas y también para las agencias de viajes . En este contexto, el Gobierno autorizó el cierre temporario de las agencias y la atención a través de "locales virtuales", según resoluciones aparecidas en el Boletín Oficial.

En la Resolución 195/2020, el Ministerio de Turismo y Deporte autoriza a la "suspensión de actividades y el cierre temporario" de las agencias de viaje. La medida rige hasta el 31 de diciembre.

Está destinada a aquellas entidades que no puedan cumplir con la normativa vigente, específicamente con los los incisos a, c y d del artículo 9° del Registro de las Agencias de Viajes (Decreto N° 2.182/1972), incumplimientos que podrían derivar en la pérdida de sus licencias.

Se trata de las siguientes condiciones: mantener una organización turística nacional e internacional con las sucursales, corresponsales o delegados que le sean necesarios para poder asegurar una eficiente prestación de sus servicios; poseer los elementos necesarios de información técnica y de consulta vinculados con la actividad especifica que realizan; y disponer de un local para la atención al público.

Con respecto a este último punto, mediante la Resolución 194/20, el Ministerio habilitó a las agencias de viajes a "operar en un Local Virtual", con dominio "tur.ar", para no tener que cumplir con el requisito del local público.

Durante el período de cierre temporario, las agencias de viajes, algunas de las cuales habían suspendido el reembolso de pasajes, deberán cumplir con los compromisos "que resulten exigibles, contraídos con anterioridad a la fecha de suspensión de sus actividades". La solicitud de suspensión y cierre temporario puede gestionarse a través del portal Trámites a Distancia.

El pedido de alta, que puede ser realizado en cualquier momento del año hasta 15 días hábiles antes del 31 de diciembre, se tramitará ante la Dirección de Agencias de Viajes. En caso de no hacerlo antes de la fecha límite, se perderá la licencia.

En la actualidad, debido a la emergencia sanitaria por el Covid-19, los vuelos se encuentran suspendidos hasta el 1 de septiembre. También está suspendido, salvo algunas excepciones, el servicio de transporte interurbano, interjurisdiccional e internacional.