“El conflicto colectivo de trabajo resulta de extrema gravedad por las características de la actividad involucrada, considerada imprescindible en la vida cotidiana de los ciudadanos”, se planteó en la resolución el Ministerio de Trabajo, en la que aclararon que “resulta necesario disponer las medidas pertinentes para promover una solución pacífica y legal al conflicto planteado, en el marco de la competencia de esta Autoridad”.
La conciliación obligatoria es por 15 días e intima a La Fraternidad y a los trabajadores que representa a “dejar sin efecto toda medida de acción directa que estuviesen implementando y/o tuvieran previsto implementar, prestando servicios de manera normal y habitual”.
Por otro lado, las empresas deberán “abstenerse de tomar represalias de cualquier tipo con el personal representado por la organización sindical y/o con cualquier otra persona, en relación al diferendo aquí planteado”.
El sindicato La Fraternidad había anunciado la medida de fuerza por 24 horas desde el jueves a la medianoche por calificar de “insuficiente” la suba de 5% para octubre y otro 5% para noviembre, que el gremio anunció que “se cobraría recién en diciembre, sumado a lo reconocido durante el año”.

