Este domingo 13 de agosto se realizarán las elecciones primarias, abiertas, simultáneas y obligatorias (PASO) en todo el país y como su nombre lo indica es de realización obligatoria tanto para las fuerzas políticas como para los votantes de entre 18 y 70 años.
En ese sentido, quienes no concurran a votar deberán justificar su ausencia ante la Justicia Nacional Electoral. en el caso de que los electores no estén afectados por ninguna de las causas que establece la ley electoral deberán abonar una multa que va desde los $50 a $500.
En el caso de que los ciudadanos que no concurrieron a votar tampoco paguen la multa quedarám registrados como infractores, lo que implica en teoría que no podrán hacer determinados trámites como obtener el pasaporte, durante un año, y tampoco podrán ser designados para desempeñar funciones o empleos públicos durante los tres años posteriores a la elección.
Qué justificaciones son válidas para no votar
- Estar enfermo o imposibilitado por fuerza mayor, de forma suficientemente comprobada, que les impida asistir al acto. Estas causales deberán ser justificadas en primer término por médicos del servicio de sanidad nacional; en su defecto por médicos oficiales, provinciales o municipales, y en ausencia de estos por médicos particulares.
- Ser juez o auxiliar de la justicia que deban asistir a sus oficinas y mantenerlas abiertas mientras dure el acto comicial.
- Revistar entre personal de organismos y empresas de servicios públicos que por razones atinentes a su cumplimiento deban realizar tareas que impidan asistir al comicio durante su desarrollo.
- Encontrarse el día de la elección a más de 500 kilómetros del lugar donde deban votar y puedan explicar que el alejamiento obedece a motivos razonables. Para eso tienen que obtener un certificado en la comisaría más cercana o en sede consular si están en el exterior.
Leé también: Ya rige la ley que fomenta la industria del cannabis medicinal: las experiencias con el tema en la región