El Gobierno nacional anunció la desregulación del servicio postal, con el objetivo de fomentar la competencia y mejorar la calidad del servicio para los usuarios. La medida se publicaría oficialmente el Boletín Oficial en estos días.
En consecuencia, cualquier persona jurídica podrá inscribirse como operador postal de manera simple, electrónica y gratuita. Cabe destacar que la inscripción se realizará una sola vez y la empresa podrá iniciar sus actividades en un plazo de cinco días.
En cuanto a los operadores postales, tendrán la libertad de fijar su dotación de personal, la modalidad de trabajo, los tipos de servicios ofrecidos, los equipos, medios de transporte y locales necesarios para su actividad. En ese marco, podrán brindar servicios de cartas documento, telegramas, comunicaciones fehacientes y giros postales.
Además, se habilitó el formato digital para los telegramas y cartas documento, así como para la constancia de entrega al destinatario. La verificación de identidad se podrá realizar a través del Renaper u otros medios de verificación remota.
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