Por primera vez, las elecciones legislativas nacionales del 26 de octubre de 2025 se desarrollaron con Boleta Única de Papel, según la Ley N.º 27.781. Sin embargo, más allá de las novedades en el sistema electoral, el deber de votar continúa vigente para la mayoría de los ciudadanos argentinos.
Elecciones 2025: cuánto es la multa por no votar y cómo justificar la ausencia
El Código Electoral Nacional establece sanciones económicas para quienes no concurran a votar sin una causa justificada. Las multas van de $50 a $500, según la cantidad de infracciones previas.
De acuerdo con el Artículo 125 del Código Electoral Nacional, la multa por no concurrir a las urnas varía entre $50 y $500, según la cantidad de infracciones previas:
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Primera infracción: $50
Segunda infracción: $100
Tercera infracción: $200
Cuarta infracción: $400
Quinta o más infracciones: $500
Estas sanciones se aplican a los electores mayores de 18 y menores de 70 años que no justifiquen su ausencia dentro de los 60 días posteriores a la elección. Quienes no cumplan con la obligación serán incluidos en el Registro de Infractores al Deber de Votar.
Justificación del no voto
El procedimiento puede realizarse de manera digital a través del Registro de Infractores, donde se deben cargar los documentos que acrediten el motivo de la inasistencia.
Entre las causas válidas para justificar la ausencia se incluyen:
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Enfermedad o imposibilidad física (con certificado médico oficial).
Estar a más de 500 kilómetros del lugar de votación (con constancia policial).
Cumplir tareas laborales esenciales durante la jornada electoral.
Actuar como fiscal o autoridad electoral en otra mesa.
Una vez que la Justicia Electoral acepta la documentación presentada, el ciudadano queda exento de sanciones.
Cómo revisar si figurás en el Registro de Infractores
Para verificar la situación, los votantes pueden ingresar al sitio infractores.padron.gob.ar y completar el formulario con sus datos personales. Si la persona figura en el registro, podrá abonar la multa en línea o presentar una justificación válida.
Cuando el pago o la justificación son aprobados, la autoridad judicial elimina al ciudadano del registro.
Voto obligatorio y optativo
El voto es obligatorio para los argentinos nativos y naturalizados de entre 18 y 70 años, mientras que es optativo para los jóvenes de 16 y 17 años, los mayores de 70 y los residentes en el extranjero.
Según la Cámara Nacional Electoral, el voto en Argentina es universal, igual, secreto, libre y obligatorio, lo que significa que todos los ciudadanos habilitados tienen el deber de participar en los comicios.
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