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El Gobierno promulgó la Ley de Modernización Laboral y ya rigen cambios en contrataciones e indemnizaciones

La reforma laboral modifica el régimen de indemnizaciones, incorpora fondos laborales y cambia reglas sobre vacaciones y horas extra.

El Gobierno nacional promulgó este viernes la Ley de Modernización Laboral, una semana después de su sanción en el Congreso de la Nación. La norma fue puesta en vigencia a través del Decreto 137/2026 publicado en el Boletín Oficial.

La ley, identificada como 27.802, cuenta con las firmas del presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete Manuel Adorni y la ministra de Capital Humano Sandra Pettovello.

La iniciativa había sido aprobada por el Senado el viernes pasado con 42 votos afirmativos, 28 negativos y dos abstenciones, luego de que la Cámara alta aceptara modificaciones introducidas por la Cámara de Diputados.

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El Gobierno nacional promulgó la Ley de Modernización Laboral mediante un decreto publicado en el Boletín Oficial, una semana después de su aprobación en el Senado.

El Gobierno nacional promulgó la Ley de Modernización Laboral mediante un decreto publicado en el Boletín Oficial, una semana después de su aprobación en el Senado.

Reforma laboral: cambios en indemnizaciones y contratación

La normativa está compuesta por 25 capítulos e introduce modificaciones en las relaciones laborales, el esquema de contrataciones y el régimen de indemnizaciones.

Entre sus principales puntos, el artículo 245 reformula el sistema indemnizatorio. En los casos de despido sin causa, establece una indemnización equivalente a un mes de sueldo por cada año de servicio o fracción mayor a tres meses, con parámetros específicos para calcular la remuneración habitual y topes.

La ley también busca incentivar la formalización del empleo y la creación de trabajo registrado, además de introducir cambios en la dinámica de la Justicia laboral con el objetivo de reducir la litigiosidad.

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Fondos de Asistencia Laboral y cambios en vacaciones

Otro de los puntos centrales es la creación de los Fondos de Asistencia Laboral (FAL), establecidos en el artículo 58. Se trata de cuentas específicas e inembargables que deberán conformar los empleadores mediante aportes mensuales.

El aporte será del 1% de las contribuciones patronales para grandes empresas y del 2,5% para pequeñas y medianas empresas. La administración de esos recursos estará a cargo de la Comisión Nacional de Valores.

En materia de vacaciones, la ley modifica el artículo 154 de la Ley de Contrato de Trabajo y establece que deberán otorgarse entre el 1 de octubre y el 30 de abril del año siguiente, aunque empleador y trabajador podrán acordar otro período. También se habilita el fraccionamiento de las vacaciones, siempre que cada tramo no sea inferior a siete días.

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La reforma laboral introduce cambios en indemnizaciones, vacaciones, horas extra y crea los Fondos de Asistencia Laboral para empleadores.

La reforma laboral introduce cambios en indemnizaciones, vacaciones, horas extra y crea los Fondos de Asistencia Laboral para empleadores.

Horas extra y sectores que quedan fuera de la ley

La reforma también incorpora el artículo 197 bis, que habilita la posibilidad de acordar entre empleador y trabajador un sistema de compensación de horas extraordinarias mediante un banco de horas. El acuerdo deberá formalizarse por escrito y contar con un sistema de control.

La legislación aclara que sus disposiciones no alcanzarán a empleados de la administración pública nacional o provincial, al personal de casas particulares, a trabajadores agrarios ni a prestadores independientes de plataformas tecnológicas. Tampoco incluye a contratistas regulados por el Código Civil y Comercial, salvo que existan normas específicas.

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