El escrutiniodefinitivo de las elecciones nacionales celebradas el domingo comenzará estemartes de cara al balotaje que se celebrará el 22 de noviembre próximo, entanto que también vence el plazo de reclamos y protestas de las agrupacionespolíticas sobre los comicios.
El artículo 112,referido al escrutinio, señala que en el caso de la categoría presidente y vicese "realizará en un plazo no mayor de 10 días corridos" y sobre elresto de los cargos, "en el menor tiempo posible".
En el escrutinio definitivo, según el Código, se verificará en las actas, entreotras cosas, "si hay indicios de que haya sido adulterada; si no haydefectos sustanciales de forma; si el número de lectores que sufragaron segúnel acta coincide con el número de sobres remitidos por el presidente de mesa,verificación que sólo se llevará a cabo en caso de que medie denuncia de unpartido político actuante en la elección; y si existen votos recurridos losconsiderará para determinar su validez o nulidad".Finalmente, el 22 de noviembre se realizará la segunda vuelta electoral,posibilidad que está establecida en el artículo 96 de la Constitución Nacional.Según el artículo 152 del Código nacional Electoral, "dentro del quintodía de proclamados las dos fórmulas más votadas, éstas deberán ratificar porescrito ante la Junta Electoral Nacional de la Capital Federal su decisión depresentarse a la segunda vuelta. Si una de ellas no lo hiciera, será proclamadaelecta la otra".






