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Los nueve puntos para entender la resolución de la ONU que limita a los fondos buitre

Los principios impulsados por Argentina, y consensuados por el Grupo de los 77 + China, para la restructuración de la deuda de los países fueron aprobados por la Asamblea General de la ONU. Conocélos.

Los nueve puntos para entender la resolución de la ONU que limita a los fondos buitre
El Diario Sur

Los siguientes son los nueve puntos que componen los"Principios básicos para la reestructuración de deudas soberanas"aprobados hoy por la Asamblea de la Organización de las Naciones Unidas (ONU):

1. Un Estado soberano tiene derecho, en el ejercicio de sufacultad discrecional, a elaborar sus políticas macroeconómicas, incluida lareestructuración de su deuda soberana, derecho que no debe verse frustrado niobstaculizado por medidas abusivas. La reestructuración debe hacerse comoúltimo recurso, preservando desde el inicio los derechos de los acreedores.

2. El principio de que el deudor soberano y todos susacreedores deben actuar de buena fe implica su participación en negociacionesconstructivas de reestructuración de la deuda soberana y en otras etapas delproceso con el propósito de restablecer la sostenibilidad de la deuda y elservicio de la deuda de manera rápida y duradera y de obtener el apoyo de unamasa crítica de acreedores mediante un diálogo constructivo acerca de lascondiciones de la reestructuración.

3. El principio de la transparencia debe promoverse paraaumentar la rendición de cuentas de los interesados, lo que puede lograrsecompartiendo oportunamente tanto datos como procesos relacionados con larenegociación de la deuda soberana.

4. El principio de la imparcialidad exige que todas lasinstituciones y agentes involucrados en las reestructuraciones de la deudasoberana, incluso a nivel regional, de conformidad con sus mandatosrespectivos, sean independientes y se abstengan de ejercer toda influenciaindebida en el proceso y en otros interesados o de realizar actos que generenconflictos de interés o corrupción o ambos.

5. El principio del trato equitativo impone a los Estados laobligación de abstenerse de discriminar arbitrariamente a los acreedores, amenos que la diferencia de trato esté justificada conforme a derecho, derecho,sea razonable y se corresponda con las características del crédito, garanticela igualdad entre los acreedores y sea examinada por todos los acreedores. Losacreedores tienen derecho a recibir el mismo trato en proporción con su créditoy con las características de este. Ningún acreedor o grupo de acreedores debeser excluido a priori del proceso de reestructuración de la deuda soberana.

6. El principio de la inmunidad soberana de jurisdicción yejecución en materia de reestructuración de la deuda soberana es un derecho delos Estados ante los tribunales internos extranjeros, y las excepciones deberáninterpretarse de manera restrictiva.

7. El principio de la legitimidad implica que al establecerinstituciones y realizar operaciones relacionadas con la reestructuración de ladeuda soberana se deben respetar, en todos los niveles, los requisitos deinclusión y el estado de derecho. Los términos y condiciones de los contratosoriginales seguirán siendo válidos hasta que sean modificados mediante unacuerdo de reestructuración.

8. El principio de la sostenibilidad significa que lasreestructuraciones de la deuda soberana deben realizarse de manera oportuna yeficiente y crear una situación de endeudamiento estable en el Estado deudor,deudor, preservando desde el inicio los derechos de los acreedores y a la vezpromoviendo el crecimiento económico sostenido e inclusivo y el desarrollosostenible, minimizando los costos económicos y sociales, garantizando laestabilidad del sistema financiero internacional y respetando los derechoshumanos.

9. La reestructuración por mayoría implica que los acuerdosde reestructuración de la deuda soberana que sean aprobados por una mayoríacualificada de los acreedores de un Estado no se verán afectados, perjudicadosu obstaculizados de otro modo por otros Estados o por una minoría no representativade acreedores, que deben respetar las decisiones adoptadas por la mayoría delos acreedores. Debe alentarse a los Estados a que incluyan cláusulas de accióncolectiva en sus emisiones de deuda soberana.