El Ejecutivo nacional publicó una resolución del Ministerio de Seguridad donde se establece una nueva reglamentación del uso de armas de fuego para los miembros de las diferentes fuerzas federales de seguridad. La normativa fue escrita el 27 de noviembre pero recién se publicó hoy en el Boletín Oficial.
En este sentido, la resolución establece que se hará uso de las armas de fuego cuando resulten ineficaces otros medios no violentos. Entre estos casos se encuentra la defensa propia o de otras personas, en caso de peligro inminente de muerte o de lesiones graves; para impedir la comisión de un delito particularmente grave, que presente peligro inminente para la vida o la integridad física de las personas o para proceder a la detención de quien represente ese peligro inminente y oponga resistencia a la autoridad. También podrán disparar para impedir la fuga de quien represente ese peligro inminente, y hasta lograr su detención".
Además, especifican los casos en que se considerará el peligro inminente, como cuando se actúe bajo amenaza de muerte o de lesiones graves para sí, o para terceras personas; cuando el presunto delincuente posea un arma letal, aunque luego de los hechos se comprobase que se trataba de un símil de un arma letal; cuando se presuma verosímilmente que el sospechoso pueda poseer un arma letal (aunque luego no la tenga); cuando tenga la capacidad cierta o altamente probable de producir, aún sin el uso de armas, la muerte o lesiones graves a cualquier persona; cuando se fugue luego de haber causado, o de haber intentado causar, muertes o lesiones graves; y cuando la imprevisibilidad del ataque esgrimido impidan materialmente el debido cumplimiento del deber, o la capacidad para ejercer la defensa propia o de terceras personas" .
Tras estas remodelaciones, quienes actuaran como el policía Luis Chocobar - quien disparó por la espalda al delincuente Pablo Kukoc (18) que escapaba sin un arma de fuego- estarían protegidos por el nuevo reglamento del Ministerio de Seguridad.






