Economía

Qué se puede hacer y qué no con el cepo al dólar

El presidente del Banco Central dio detalles sobre cómo se aplicará la medida y quiénes podrán comprar más de 200 dólares.

Qué se puede hacer y qué no con el cepo al dólar
El Diario Sur

Ayer por la noche, una vez se conocieron los resultados de las elecciones, desde el Banco Central anunciaron que el cepo cambiaron que en septiembre se había fijado en 10 mil dólares mensuales pasaría, a partir del día de la fecha, a ser de 200 dólares. Esta mañana, Guido Sandleris, presidente de la entidad, aclaró a qué ámbitos se aplicará esta restricción.

Para comenzar, la compra de 200 dólares mensuales se podrá hacer siempre y cuando sea por homebanking, en caso de realizarse en efectivo el monto disminuirá a los 100 dólares, siendo que ambas opciones no son acumulativas. Cualquier ciudadano podrá comprar divisas siempre y cuando lo haga presentando su DNI para que la AFIP pueda corroborar posteriormente la capacidad de compra de cada persona.

Quienes ya hayan comprado dólares y hayan superado este mes dicho cupo, no podrán hacerlo hasta noviembre. En el caso de extranjeros y turistas, sólo podrán comprar 100 dólares mensuales.

Pagos con tarjeta en el exterior

Los argentinos que deseen hacer compras en otros países podrán gastar más de los 200 dólares, siendo que el cepo no afectará a dichos gastos. No obstante, en el caso de que deseen extraer dólares en el cajero desde el exterior podrán también hacerlo pero, en estos casos, el costo financiero es alto por el mismo cobro de la tarjeta. Además, se debe tener en cuenta de que sólo se permite retirar el 10% del monto límite.

 “Los retiros de efectivo en el exterior con tarjetas de débito locales, sólo podrán ser efectuados con débito en cuentas locales del cliente en moneda extranjera”, explicó la asesora en Normativa Cambiaria y Bancaria, Silvana Gómez al Centro de Despachantes de Aduana de la República Argentina.

En cuanto a las compras online al exterior, continuará estando vigente con  el sistema puerta a puerta y pago con tarjeta de crédito. Al ser compra en el exterior, no aplicarán restricciones.

Transferencias al exterior

Será posible realizar transferencias de dólares al exterior, aunque deberán pasar por un control previo. “Los clientes de las entidades, para poder cursar transferencias al exterior, deberán remitir previamente los datos a la entidad para cumplir con los requisitos de las normas vigentes; y la entidad a su vez deberá enviar diariamente la información ante el BCRA, considerando aquellas operaciones que impliquen un acceso al mercado de cambio por ventas de cambio a solicitud de clientes, o propias de la entidad por un monto diario que sea igual o superior al equivalente a US$ 2 millones, para cursar las operaciones en los días subsiguientes”, explicó Silvana Gómez.

Para la compra de viviendas

En el caso de que las divisas estén destinadas a la compra de una vivienda familiar única podrán adquirir hasta 100 mil dólares en caso de que reciban un préstamo hipotecario o mismo en “el caso de que la operación de compra se concrete en el marco del Programa Procrear”, de acuerdo a la norma del Central.

Retiro de depósitos en dólares

Quienes deseen retirar los dólares que ya tienen comprados en el banco lo podrán hacer libremente. Deberán informarlo con dos días de anticipación  al banco –quienes deberán dar aviso al Central- para obtener los billetes.

Excepciones a la compra

Dentro de quienes pueden comprar más de 200 dólares se encuentran las  sede diplomáticas u organismos internacionales, las transferencias al exterior a nombre de personas que sean beneficiarias de jubilaciones y/o pensiones pagadas por la ANSeS –siempre y cuando se encuentren dentro del monto abonado en dicho mes y  la transferencia se efectúe a una cuenta bancaria del mismo beneficiario en su país de residencia registrado-.