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Aborto no punible: Qué decía el protocolo que derogó Macri horas después de ser aprobado

La aprobación del protocolo, dotándolo de validez jurídica, había sido celebrado por el el secretario de Salud Adolfo Rubinstein. Buscaba sentar las bases para una práctica segura.

El miércoles por la mañana se publicaba el nuevo el Protocolo de Atención Integral de las Personas con Derecho a la Interrupción Legal del Embarazo donde se actualizaban algunas de las bases para actuar en casos específicos, como es una violación. Horas más tarde, el presidente Mauricio Macri le deba de baja.

Si bien la normativa, vigente desde hace años en el país, había sido actualizada en 2015, esta semana había tomado estatuto oficial. La misma regula las bases y sirve como guía de atención para los casos de aborto en situaciones específicas: si una mujer o niña fue violada o si su salud –e incluso su vida- corren peligro con el embarazo en cuestión.

En esta ocasión, el protocolo había sido actualizado para dotarlo de estatus jurídico y para adecuarlo con algunos cambios. Entre ellos se encontraba el hecho de que a partir de los 13 años una mujer se considera adolescente y puede tomar decisiones sobre su cuerpo y pedir la interrupción de un embarazo –siempre en los casos mencionados anteriormente- sin que sea necesario que la acompañe un adulto.

También destacaba la necesidad de una consejería adecuada para las mujeres que pasan por esta situación, siendo que en los casos que decidan interrumpir la gestación se las deberá acompañar y no demorar la práctica. Además, dejaban en claro que el poseer un certificado único de discapacidad no representa, de ningún modo, una restricción a la capacidad de ejercer autónomamente los derechos.

Se apuntó a no demorar los procesos con cuestiones administrativas o de interconsulta, destacando también que la objeción de conciencia no debe traducirse en obstrucción a la práctica contemplada en la normativa legal y de la que el Estado es responsable de garantizar. También establecía que para la ILE nunca es exigible la denuncia policial o judicial de violación. Lo único que deben tener es el consentimiento informado –aun cuando se trata de chicas de entre 13 y 16 años- y la declaración jurada en caso de violación.

Además, la normativa incluía nuevas recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud sobre las técnicas y medicamentos que usar en cada práctica para un mejor resultado de las pacientes.

"Era importante actualizarlo porque incorpora al nuevo Código Civil y Comercial, el fallo FAL de la Corte Suprema, los nuevos métodos y lugares recomendados por la OMS para hacer la intervención. También se dan pautas más claras en cuanto a los derechos de niñas, mujeres y personas gestantes. Además, el protocolo defiende la salud pública y tiene un abordaje de amplitud de derechos", había explicado esa misma mañana el secretario de Salud Adolfo Rubinstein sin pensar que horas después sería dado de baja.

En este sentido, también había remarcado que el tener una norma con estatuto jurídico “les da mayor seguridad a los profesionales para trabajar, y es un mensaje para la Justicia también, para que no se meta donde no tiene nada que hacer -sigue Rubinstein-. Es una medida importante que estaba siendo reclamada por la sociedad".

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