De cara a un nuevo año, Afip actualizará a partir del 1 de enero las categorías de los monotributistas y aplicará un nuevo cuadro de categorías con los Ingresos Brutos anuales, los alquileres devengados anuales y el importe a pagar tanto por la parte impositiva como por el aporte previsional. El mismo presentará un incremento del 51,1% calculado de acuerdo al índice Ripte de junio del presente año.
Cabe recordar que este porcentaje corresponde a la movilidad de las jubilaciones y prestaciones sociales durante este 2019, y que afectarán al importe que los contribuyentes pagan mensualmente tanto por la parte previsional como por la cobertura de salud. Desde la ley de movilidad se ajusta un 70% cada 3 meses, y un 30% por el Ripte que depende de los salarios formales- con un desfase de seis meses. Si bien no se publicó el índice de diciembre, ya se dio a conocer que es de un 8,74%, elevando el ajuste anual al 51,1%.
A través de este aumento, el tope para los monotributistas pasará de $1.151.066 a $1.739.261 para quienes presten servicios, y de $1.726.599 a $2.608.892 para los que se dedican a la venta de mercadería o cosas muebles.
En consecuencia, también subirá la cuota mínima mensual que deben pagar. La misma pasará de los 1.294 pesos a 1.955 para quienes se dedican a la venta de mercadería o servicios afines, mientras que la cuota máxima pasará de 6.254 a 9.450 pesos para locadores y prestadores de servicios dentro de la categoría H- y de 9.738 a 14.174 pesos para quienes tengan actividad de comercio incluidos en la categoría K-.
Cabe recordar que existen monotributistas que pagarán una carga menor ya que, al trabajar también en relación de dependencia, sólo abonan la parte impositiva estando eximido de la cuota de jubilación y obra social ésta última ronda los mil pesos en todas las categorías-.
Cabe destacar que en enero, los contribuyentes adheridos al régimen deberán proceder a realizar la recategorización considerando los nuevos importes", de acuerdo a los nuevos valores, con lo que podría tener que modificar -en más o menos su categoría o, eventualmente, mantener la misma categoría que detente en diciembre de 2019. En este último supuesto, no tendrá que realizar ningún trámite".






