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Los puntos centrales de la Ley de Alquileres que se tratará en Diputados

Incluye no sólo cambios en la extensión del contrato sino también mayores flexibilidades para cancelar el mismo. También habrá modificaciones en los requisitos y aportes que deben hacer los inquilinos para acceder a la propiedad en cuestión.

Tras varias negociaciones que duraron meses, Diputados dieron un dictamen en comisión sobre el proyecto de Ley de Alquileres, siendo que la norma podría tratarse finalmente el 27 de noviembre junto a la Ley de Góndolas.

La normativa incluye no sólo cambios en la extensión del contrato sino también mayores flexibilidades para cancelar el mismo o los requisitos y aportes que deben hacer los inquilinos para acceder a la propiedad en cuestión. Se espera que se vean beneficiados los 9 millones de inquilinos que tiene el país.

"En Argentina hace muchos años que no tenemos ley de alquileres. Hemos trabajado mucho para encontrar consensos, fue un gran desafío. Se trabajó mucho entre los bloques, y al interior de los mismos, porque también había diferencias", aseguró al respecto el presidente de la comisión de Legislación General, Daniel Lipovetzky, quien se encargó del tratamiento de la normativa.

LOS CAMBIOS CON RESPECTO A LA LEY ACTUAL:

  • Se extiende el plazo mínimo de alquiler de dos a tres años aunque habrá posibilidad de interrumpirlo de forma anticipada sin pagar indemnización con un mínimo de tres meses de aviso previo.
  • La actualización del valor pasa a ser anual, siendo que actualmente se hace semestralmente.
  • Esta variación del precio de alquiler se calculará no sólo en base a la inflación sino a través de una fórmula mitxa que combina tanto los índices de evolución de la inflación (IPC)  como el de los salarios (RIPTE).
  • Para entrar a una propiedad, el depósito será de un solo mes y de un valor que no puede superar el primer mes de alquiler.
  • Habrá mayor variedad de garantías: No sólo se podrá alquilar presentando como garantía inmuebles de terceros sino también recibos de sueldos, certificados de ingreso, seguros de caución o avales bancarios. Es necesario que presenten dos opciones, entre las cuales elegirá el propietario.
  • Las expensas extraordinarias quedan a cargo del propietario.
  • Los contratos tendrán que estar inscriptos ante la AFIP, medida que busca evitar la evasión impositiva.

 

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