El Gobierno oficializó esta mañana a través del Boletín Oficial un importante cambio en la Ley electoral. Se trata de la prohibición de las llamadas listas colectoras y de las candidaturas múltiples en las elecciones presidenciales. Se trata de una reforma que había comenzado a analizarse el año pasado aunque, a pesar de haber logrado el consenso en Diputados, nunca atravesó el Senado.
Las listas colectoras, aquellas que permiten que un candidato a un categoría (como gobernador o senador) pueda ir en la misma boleta que otro candidato a otra categoría para la cual ese partido no tiene candidato siempre que las elecciones sean simultáneas, fueron avaladas por decreto en 2011. No obstante, ahora se dan de baja nuevamente al considera que generan confusión en el electorado e inequidad entre los competidores", y que "conspira contra la emisión de un voto informado y afecta seriamente la calidad del proceso electoral".
El texto lleva las firmas del presidente Mauricio Macri, del jefe de Gabinete Marcos Peña y del ministro del Interior Rogelio Frigerio. En él el Gobierno asegura que la eliminación de este tipo de boletas "constituye una recomendación persistente de los expertos en la materia y un reclamo de las asociaciones de la sociedad civil abocadas a la mejora de la calidad de los procesos electorales".
No obstante, todavía no es una realidad la eliminación de este tipo de boletas electorales. Para que la norma sea operativa cada una de las jurisdicciones electorales deberán adherir a la norma. En particular, el decreto hace expresa referencia a los escenarios en los que las elecciones provinciales se produzcan en simultáneo con las nacionales, lo que sucederá en cinco provincias, entre ellas Buenos Aires.
Finalmente, la nueva normativa indica que "cada agrupación política de orden nacional y cada agrupación de distrito sólo podrá adherir sus boletas con una agrupación política de orden provincial de idéntica denominación", por lo que sólo podrá haber un candidato por partido.







