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Beneficiarios sociales pueden reclamar a los bancos los importes descontados

Se trata de una disposición del Banco Central debido a los reclamos de múltiples personas que notaron descuentos al retirar sus asistencias del IFE, AUH y del salario complementario.

Hace algunas semanas, a medida que los beneficiarios fueron cobrando las diferentes asistencias del Gobierno, varios argentinos denunciaron que se les había realizado descuentos por parte de las entidades bancarias. La modalidad afectó tanto a quienes recibieron el Ingreso Familiar de Emergencia (IFE), Asignaciones Universales por Hijo (AUH) e incluso en el caso del salario complementario.

En este sentido, desde el Banco Central aseguraron que se trata de una maniobra no permitida, siendo que las entidades bancarias tiene prohibido deducir cualquier concepto por operaciones propias o de terceros. De la misma manera, recordaron que los beneficiarios pueden retirar sus montos por cajero en cualquier sucursal sin importar la empresa y sin que ello conlleve un recargo.

En consecuencia a estos reiterados descuentos, el BCRA instó a todos los bancos que hayan realizado estas operaciones a revertirlo durante esta semana  "sin ningún tipo de dilación". "En orden a lo indicado, las entidades financieras deberán arbitrar los medios para que no se efectúe ningún tipo de descuento sobre los importes acreditados en concepto de IFE, y eventualmente para el reintegro inmediato de la totalidad de los importes descontados en contravención a lo indicado en el párrafo precedente", explicó el Central en un comunicado oficial.

En este caso, recordaron que no podía deducirse del IFE "cuotas de préstamos otorgados con o sin código de descuento, comisiones o cargos por servicios adicionales a la cuenta contratados por el beneficiario, débitos automáticos para el pago de impuestos, servicios y otros conceptos, etc".

También destacaron que los beneficiados no se encuentran alcanzados por Ingresos Brutos, siendo que cualquiera de las transferencias efectuadas por dichos conceptos desde Anses deben exceptuarse de la retención bancaria. Lo mismo sucede con las Asignaciones Universales por Hijo (AUH) e incluso en el caso del salario complementario y los "Créditos a Tasa cero" para monotributistas y autónomos.

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