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Nueva ley para agilizar los trámites en defensa del consumidor

La nueva normativa busca acortar el tiempo desde que una persona denuncia a una compañía por malos servicios hasta que recibe una contribución al respecto. Las entidades que se ausenten del proceso judicial, recibirán apercibimientos.

Nueva ley para agilizar los trámites en defensa del consumidor
El Diario Sur

El Congreso aprobó la Ley 26.993 que establece unaagilización de los pasos para realizar denuncias relacionadas con el consumo. La normativa prevé que losdamnificados por las distintas empresas proveedoras de productos y serviciospuedan obtener un resarcimiento más rápido con respecto a la vieja disposición.

En un primermomento, aquellos que querían emitir una denuncia debían dirigir sus reclamosen el organismo de Defensa al Consumidor correspondiente a sus municipios.Pero, en la mayoría de los casos las empresas acusadas no recurrían a lasaudiencias y los casos se apilaban en la Justicia comercial. La resolucióntardaba muchos años.

De ahora enadelante, el consumidor deberá emitir la denuncia ante la empresa. Luego deeso, si la persona no obtiene una respuesta satisfactoria puede acudir al"Servicio de Conciliación Previa en las Relaciones del Consumo” (COPREC), quedepende de la Secretaría de Comercio.

Si fracasa laconciliación, el interesado podrá acudir a un auditor del Ministerio deEconomía, quien estará autorizado para otorgar una indemnización por un montode hasta 15 salarios mínimos vitales y móviles (SMVM). Anteriormente, el sueldo mínimo era de$4.4000 que concibe un total de $66.000. Si no, podrá acudir directamente anteel nuevo fuero judicial, y exigir una reparación integral.

El Servicio deConciliación Previa en las Relaciones de Consumo será de carácter obligatorio yque dependerá de la Secretaria de Comercio. Será una entidad nacional aunquepodrá actuar a través de sus sedes en Capital Federal y sus dependencias,delegaciones u oficinas en todo el país.

Para efectuar sureclamo, el consumidor deberá presentar un formulario ante el COPREC. Laresolución tendrá un límite de 30 días para que las empresas le brinden unasolución al consumidor. Si el conciliador lo considerase necesario, podráextenderse otros 15 días.

Tampoco lasempresas podrán excusarse como sucedía anteriormente ya que si se ausentandurante las audiencias convocadas por el conciliador, deberán abonar una multacuyo resultado será brindado en un 30% al demandante y el 70% restante seutilizará para pagar gastos y consolidar un Fondo de Financiamiento creado poresta ley.