El suicidio es una de las mayorescausas de muerte a nivel mundial. La Organización Mundial de la Salud (OMS) estimaque debido a ello muere una persona cada 40 segundos. Los especialistas partende la premisa de que, detectada la actitud a tiempo, es posible prevenir estetipo de muertes, que muchas veces van ligadas a enfermedades psiquiátricas.
Debido a ello, desde hace tiempodiversas organizaciones y legisladores han trabajado en una ley que tenga comoobjetivo la "la disminución de la incidencia y prevalencia del suicidio, através de la prevención, asistencia y posvención. El pasado 11 de marzo delpresente año fue finalmente aprobada por ambas cámaras y esta semana fuepromulgada de hecho. El paso siguiente, fundamental para su funcionamiento, essu reglamentación, que tiene una fecha máxima de hasta 90 días desde la fecha.
Se trata de la norma 27.130, dondese declara "de interés nacional en todo el territorio de la República Argentinala atención biopsicosocial, la investigación científica y epidemiológica, lacapacitación profesional en la detección y atención de las personas en riesgode suicidio y la asistencia a las familias de víctimas del suicidio.
En este sentido, desde lanormativa legal toman al suicidio como "toda acción autoinfligida con el objetode generarse un daño potencialmente letal y al hecho de la posvención como "las acciones e intervencionesposteriores a un evento autodestructivo destinadas a trabajar con las personas,familia o instituciones vinculadas a la persona que se quitó la vida.
Dentro de los objetivosplanteados y trabajados en dicha norma, destacan que habrá un "abordajecoordinado, interdisciplinario e interinstitucional de la problemática delsuicidio; el desarrollo de acciones y estrategias para lograr lasensibilización de la población; el desarrollo de los servicios asistenciales yla capacitación de los recursos humanos, y la promoción de la creación de redesde apoyo de la sociedad civil a los fines de la prevención, la detección depersonas en riesgo, el tratamiento y la capacitación.
Para prevenir las situacionescríticas, el Ministerio de Salud de la Nación, quien será la autoridad de aplicación,tendrá la obligación de "habilitar una línea telefónica gratuita de escucha asituaciones críticas, cuyos operadores estarán debidamente capacitados en laatención en crisis y riesgo suicida y dotados de la información necesariareferida a una red de derivación y contención. También deberá "desarrollarcampañas de concientización sobre factores de riesgo y generación de factoresde protección a través de los medios masivos de comunicación y otrosalternativos.
Dicha cartera será también laencargada de "elaborar y mantener actualizado un protocolo de atención delpaciente con riesgo suicida o con intento de suicidio, que contenga laidentificación de factores predisponentes, psicofísicos sociodemográficos yambientales, a los fines de poder definir las estrategias de intervención.
Finalmente, dispone que las obras sociales y demedicina prepaga "deben brindar cobertura asistencial a las personas que hayansido víctimas de intento de suicidio y a sus familias, así como a las familiasde víctimas de suicidio, que comprende la detección, el seguimiento y eltratamiento de acuerdo a lo establecido por la autoridad de aplicación.






