Desde la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES) se informó sobre quiénes son las personas a las que les corresponde tramitar la pensión por fallecimiento de un jubilado, y el procedimiento para poder realizar el trámite correspondiente.

El procedimiento puede ser realizado por un cónyuge, un conviviente o el hijo de un jubilado fallecido. "El fallecimiento de un jubilado otorga a sus familias el derecho a cobrar una pensión derivada de la jubilación que éste cobraba", explicaron desde la entidad.

El trámite puede realizarse a través de internet desde la página de ANSES o también de forma presencial. En ambos casos hay que dejar transcurrir 4 meses desde el fallecimiento del familiar en cuestión antes de iniciarlo.

Para hacerlo hay que tener en cuenta los siguientes requisitos y la documentación necesaria que se detalla a continuación.

En caso de ser conviviente deben acreditar cinco años de convivencia antes de la fecha del fallecimiento. Si tienen un hijo reconocido por ambos, el plazo se reduce a dos años. En el caso de los hijos, éste debe ser menor de 18 años, soltero y no cobrar otra prestación. No hay límite de edad en los casos que el hijo se encuentre incapacitado para trabajar y haya estado a cargo del jubilado fallecido.

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Documentación necesaria:

Del jubilado fallecido:
- Partida de defunción.
- Formulario PS 6.76 – Información Bancaria, sólo en caso de no encontrarse registrada esta información en ANSES.

Si es cónyuge o conviviente del jubilado:
- DNI, LC, LE o constancia de DNI en trámite.
- Formulario PS 6.9 – Declaración Jurada Art. 1º Ley 17.562.
- Si la persona fallecida se jubiló por moratoria (Ley Nº 24.476) y existieran cuotas pendientes de pago se deberá presentar el Formulario PS.6.279 – Aceptación de descuento de cuota de moratoria de la prestación de pensión.
- Formulario PS.6.284 – Declaración Jurada sobre la eventual percepción de prestaciones en provincias no adheridas al SIPA o en las Fuerzas Armadas o de Seguridad.


Si es hijo incapacitado para trabajar:
- Certificado de alumno regular / escolaridad. Original y fotocopia.
- Formulario PS 6.9 – Declaración Jurada Art. 1º Ley 17.562.
- Formulario PS 6.12 – DDJJ dependencia económica titular.
- Formulario PS 6.13 – DDJJ dependencia económica testimonial.
- Si es huérfano de padre y madre se deberá presentar original y fotocopia del testimonio de tutoría o curatela transitoria o definitiva, con aceptación de cargo, discernimiento y autorización para percibir haberes devengados y a devengar.

Del representante:
- DNI, LC o LE.
- Formulario PS 6.4 – Carta Poder.
- Formulario PS 6.9 – Declaración Jurada Art. 1º Ley 17.562.
- Si es abogado o gestor, deberá estar registrado en la Base de Gestores de ANSES como abogado/gestor habilitado.

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