La Justicia de Río Negro declaró responsable de incumplimiento de los deberes de funcionario público al ginecólogo Leandro Rodríguez Lastra por no realizar un aborto no punible a una joven de 19 años violada y embarazada por un familiar en 2017 en Cipolletti, quien permaneció internada en un hospital hasta el momento de parir.
El fallo del juez de Río negro Álvaro Maynet permitió sin embargo que el ginecólogo continúe con sus tareas profesionales hasta tanto se de a conocer el tiempo de la pena y que ésta quede firme en las próximas audiencias.
El juez Meynet consideró que Rodríguez Lastra "nunca tuvo la intención, siquiera, de contemplar y efectuar la práctica que le reclamaba" la mujer. "En todo momento mantuvo una actitud negadora de la práctica que se le demandaba, a la cual estaba obligado. Queda de lado toda conducta negligente, es una omisión que consisten en la inobservancia de la ley", agregó.
La pena prevista es de un mes hasta dos años de cárcel por lo que Rodríguez Lastra no pasaría tiempo tras las rejas, dijeron fuentes judiciales, que indicaron que la inhabilitación para ejercer su profesión será por el doble de tiempo de la pena que se establezca.
Tras el fallo, el juez argumentó las circunstancias en las que un aborto se considera no punible según el artículo 86 del Código Penal y la ley rionegrina 4796, y resaltó que Rodríguez Lastra no estaba inscripto en el registro de objetores de consciencia.






