Nacionales |

Una obra social deberá indemnizar a una mujer por las "horas de vida" perdidas en trámites

La entidad deberá pagar $100.000 a su afiliada por haber dilatado la cobertura médica de su hija.

La Sala A de la Cámara Federal de Rosario confirmó una sentencia en contra de una obra social y la condenó a pagarle $100.000 a una mujer por haber dilatado la cobertura médica de su hija discapacitada -a pesar de que ya había sido ordenada judicialmente- y haberle hecho "perder horas de su vida" en trámites para tratar de conseguirla.

El fallo concluyó que la Obra Social de Docentes Particulares (OSDOP)  "tuvo una conducta reticente y dilatoria al momento de cumplir con las prestaciones a su cargo, incumpliendo lo ordenado mediante sentencia firme", que había sido dictada en octubre de 2017.

Debido a esto, durante los años en que transcurrió el conflicto entre las dos partes, la mujer tuviera que encontrar maneras alternativas de costear la atención médica que su hija necesitaba. También debió pagar el costo de numerosas cartas de documento enviadas a la obra social, en las que exigió se le reintegraran los gastos.

Para fundamentar la decisión, los jueces se basaron en los testimonios de distintos médicos que trataron a la mujer y su hija, quienes confirmaron la veracidad de sus reclamos. Uno de los testigos llegó a indicar que la situación llegó a un extremo tal que los compañeros de trabajo de la mujer juntaron dinero para ayudarla, a la vez que solicitó la asistencia a la municipalidad de Pérez, distrito en el que vive.

Comprobado el incumplimiento por parte de la obra social, la Cámara concluyó que la mujer "no encontró una respuesta satisfactoria en la atención recibida", sino que por el contrario, "la situación por ella vivida durante muchos años, la pérdida de horas de su vida en las tramitaciones que se vio obligada a realizar, le han significado un padecimiento espiritual digno de ser indemnizado a título de daño moral".

Dejá tu comentario