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Cuáles son los requisitos para cobrar las pensiones no contributivas

La ANSES explicó qué se necesita para acceder a algunos de los tres tipos de pensión.

Cuáles son los requisitos para cobrar las pensiones no contributivas
El Diario Sur

La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) recordó cuáles son los requisitos y quiénes son aquellas personas que pueden cobrar las pensiones no contributivas.

El pago está determinado para aquellos que no tengan aportes previsionales, un trabajo formal en relación de dependencia, no posean dinero o cualquier tipo de bien que les genere ingresos para subsistir, y/o que no tengan familiares que puedan ayudarles.

Cabe destacar que existen tres tipos diferentes de pensiones no contributivas: por invalidez, para madres que tengan siete hijos o más, y por vejez, para aquellas personas de 70 años o más, que no tengan cobertura previsional.

Por invalidez

Acreditar una disminución de al menos el 76% en su capacidad laboral. Reciben un pago equivalente al 70% de un sueldo mínimo, y deben cumplir los siguientes requisitos:

— Tener menos de 65 años de edad.— No percibir ningún beneficio del Estado (nacional, provincial o municipal).— No estar empleado en relación de dependencia ni registrado como autónomo o monotributista.— Ser argentino nativo o naturalizado (con al menos 5 años de residencia continuada) o extranjero (con al menos 20 años de residencia efectiva en el país).— No tener ingresos o bienes a su nombre que permitan su subsistencia (requisito extensible a todo el grupo familiar).— No tener parientes obligados legalmente a proporcionarle alimentos o que, teniéndolos, se encuentren impedidos para hacerlo.

Para madres que tengan 7 hijos o más

— Ser argentinas o naturalizadas (en este último caso tener como mínimo un año de residencia al momento de la solicitud). Sí se es extranjera, 15 años al momento de la solicitud.— No ser titular de jubilación, pensión o retiro, otorgada por cualquier régimen previsional.— No contar con bienes, ingresos, ni recursos que permitan su subsistencia y la del grupo familiar. Ni parientes directos que estén obligados a ayudar.

Por vejez

— Tener 70 o más años de edad.— Ser argentino nativo o naturalizado, residente en el país. En este último caso debe haber residido en el país al menos durante 5 años antes de realizar la solicitud.— Los extranjeros deben haber residido en el país al menos durante 40 años antes de realizar la solicitud.— No cobrar, el titular ni su cónyuge, una jubilación, pensión o retiro de carácter contributivo o no contributivo, otorgado por cualquier régimen de previsión.— En el caso de un matrimonio, la pensión a la vejez se tramitará solamente en favor de uno de los cónyuges.— No poseer bienes, ingresos ni recursos de otra naturaleza que permitan su subsistencia y la de su grupo familiar conviviente, ni parientes obligados a prestar alimentos.— No encontrarse detenido a disposición de la Justicia.— La ausencia definitiva del país hará perder el derecho al beneficio, desde el momento en que se tome conocimiento de ello.