Cuarentena obligatoria

Cuarentena: ¿Cuáles son las nuevas excepciones?

El gobierno nacional informó las nuevas excepciones para la siguiente fase del aislamiento social. Entre ellos hay mecánicos, librerías y bancos.

Cuarentena: ¿Cuáles son las nuevas excepciones?
El Diario Sur

El Gobierno Nacional hoy dio a conocer el listado oficial de actividades y servicios que están exceptuados para la nueva fase del aislamiento social, preventivo y obligatorio, que finalizaría, en principio, el 26 de abril. Estas se suman a las ya pautadas actividades esenciales. 

De esta manera, a partir de mañana se autorizará el funcionamiento de talleres mecánicos y gomerías. Así también se extiende el permiso a personas discapacitadas para salir a las proximidades de su hogar. Aquí se incluyen a las personas comprendidas en el colectivo de trastorno del espectro autista. 

Cabe señalar que para éste último grupo, se permitirá además las prestaciones profesionales a domicilio. En todos los casos, se deberá presentar el documento de identidad y el Certificado Único de Discapacidad o la prescripción médica donde se indique el diagnóstico.

La novedad dentro de las actividades exceptuadas a la cuarentena se incluyó la venta de artículos de librería e insumos informáticos. Pero estos abrirán exclusivamente bajo la modalidad de entrega a domicilio. En ningún caso se podrá realizar atención al público.

Además, como bien anticipó El Diario Sur, las sucursales bancarias estarán autorizadas a atender al público mediante un protocolo que cumpla los requisitos sanitarios. Para esto, deberán otorgar turnos a través de la finalización del DNI.

El detalle de las excepciones:

1- Se permite la circulación de las personas con discapacidad y aquellas comprendidas en el colectivo de trastorno del espectro autista, para realizar breves salidas en la cercanía de su residencia, junto con un familiar o conviviente. En tales casos, las personas asistidas y su acompañante deberán portar sus respectivos Documentos Nacionales de Identidad y el Certificado Único de Discapacidad o la prescripción médica donde se indique el diagnóstico y la necesidad de salidas, la cual podrá ser confeccionada en forma digital.

2- Se autorizan las prestaciones profesionales a domicilio destinadas a personas con discapacidad y aquellas comprendidas en el colectivo de trastorno del espectro autista. Los profesionales deberán portar copia del documento de Identidad de la persona bajo tratamiento y del Certificado Único de Discapacidad, o la prescripción médica correspondiente con los requisitos previstos en el punto anterior.

3- Actividad bancaria con atención al público, exclusivamente con sistema de turnos y respetando el protocolo establecido por el Banco Central de la República Argentina (BCRA).

4- Talleres para mantenimiento y reparación de automotores, motocicletas y bicicletas, exclusivamente para transporte público, vehículos de las fuerzas de seguridad y fuerzas armadas, vehículos afectados a las prestaciones de salud o al personal con autorización para circular, conforme la normativa vigente.

5- Venta de repuestos, partes y piezas para automotores, motocicletas y bicicletas únicamente bajo la modalidad de entrega puerta a puerta. En ningún caso podrán realizar atención al público.

6- Fabricación de neumáticos; venta y reparación de los mismos exclusivamente para transporte público, vehículos de las fuerzas de seguridad y fuerzas armadas, vehículos afectados a las prestaciones de salud o al personal con autorización para circular, conforme la normativa vigente.

7- Venta de artículos de librería e insumos informáticos, exclusivamente bajo la modalidad de entrega a domicilio. En ningún caso se podrá realizar atención al público.

Por último, el documento remarca que los desplazamientos de las personas alcanzadas por estas nuevas excepciones deberán limitarse al estricto cumplimiento de tales actividades y servicios.