Con el objetivo de mitigar los efectos económicos de la cuarentena establecida para frenar el avance del coronavirus, el Gobierno amplió el listado de actividades y servicios considerados esenciales, y por lo tanto, exceptuados de cumplir con el aislamiento social, preventivo y obligatorio.
A partir de hoy, las personas que estén abarcadas por este anuncio podrán tramitar el certificado único para circular y reanudar la producción. Recordemos que tienen tiempo de hacerlo hasta el 6 de abril, que es cuando entrará en vigencia.
A través de la resolución 450/2020, publicada este viernes en el Boletín Oficial, el Poder Ejecutivo oficializó la decisión de sumar ocho nuevas actividades actividades exceptuadas de la cuarentena:
Venta de insumos y materiales de la construcción provistos por corralones
Actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización forestal y minera
Curtiembres, aserraderos y fábricas de productos de madera, fábricas de colchones y fábricas de maquinaria vial y agrícola
Actividades vinculadas con el comercio exterior: exportaciones de productos ya elaborados e importaciones esenciales para el funcionamiento de la economía
Exploración, prospección, producción, transformación y comercialización de combustible nuclear
Servicios esenciales de mantenimiento y fumigación
Mutuales y cooperativas de crédito, mediante guardias mínimas de atención, al solo efecto de garantizar el funcionamiento del sistema de créditos y/o de pagos
Inscripción, identificación y documentación de personas
La norma también aclara que en el primer listado, el punto referido a la excepción para las personas afectadas a la realización de servicios funerarios, entierros y cremaciones incluye también a quienes están afectados a la provisión de insumos necesarios para esos servicios.
El Gobierno también destaca que "los desplazamientos de las personas alcanzadas por el presente artículo deberán limitarse al estricto cumplimiento de las actividades y servicios considerados esenciales".
También destacaron que "en todos estos casos, los empleadores y empleadoras deberán garantizar las condiciones de higiene y seguridad establecidas por el Ministerio de Salud para preservar la salud de las trabajadoras y de los trabajadores".






