Debido al contexto de aislamiento social obligatorio en el que se encuentra el país, el Ministerio de Educación extendió el plazo de inscripción para la Beca Progresar de educación superior. La semana pasada lo había hecho con las ayudas destinadas a quienes deben finalizar la primaria y secundaria, como también para las zonas vulnerables.
Quienes deseen solicitar esta ayuda económica, cuyo monto depende de la carrera seleccionada, podrán hacerlo hasta el 17 de abril de acuerdo a la Resolución 144 publicada en el Boletín Oficial del jueves.
En paralelo, autorizaron de forma "excepcional" la adjudicación del beneficio para todos aquellos estudiantes que obtuvieron el la beca durante 2019 y se encuentren inscriptos al 12 de marzo. Cabe recordar que, a medida que avanza la carrera, los estudiantes deben demostrar una cantidad de materias aprobadas y la condición de alumnos regulares para conservar la ayuda económica.
"En virtud de la coyuntura actual y toda vez que la capacidad operativa de las instituciones educativas se ha visto considerablemente afectada por la situación de emergencia sanitaria que atraviesa nuestro país, y hasta tanto se normalice la actividad en las instituciones educativas; la evaluación de los datos académicos para aquellos estudiantes que hubieran obtenido el beneficio durante el año 2019 y se hubieren inscripto a cualquier línea del progresar hasta la fecha límite se realizará de manera excepcional conforme a los datos que se encuentren disponibles", precisaron en la normativa.
Quienes pueden solicitarlo
Estudiantes de terciarios o universidades de 18 a 24 años o hasta 30 quienes se encuentren avanzados en la carreraMadres de hogares monoparentales hasta 35 añosEstudiantes de enfermería (PRONAFE) y otros grupos prioritarios sin límites de edad
Requisitos:
Ser argentino/a nativo o naturalizado con DNITener ingresos menores a 3 salarios mínimos, vitales y móviles (consultá el monto del SMVM en el sitio del Ministerio de Trabajo). Si vivís con tu familia, las mismas condiciones se aplican a tu grupo familiar (padre, madre o pareja conviviente). Se reconoce como grupo familiar autónomo a los/as jóvenes con hijos/asPersonas con discapacidad sin límites de edad en todos los niveles






