ANMAT

Prohibieron la venta de un choclo en granos y bizcochos de una conocida marca

Las medidas fueron publicadas en el Boletín Oficial y en la página de la ANMAT.

Prohibieron la venta de un choclo en granos y bizcochos de una conocida marca
El Diario Sur

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió este martes la comercialización de un choclo en granos. Así loo informó a través de una disposición publicada en el Boletín Oficial.

Por medio de la Disposición 1337/2020 se determinó la prohibición de la “comercialización y la distribución en todo el territorio nacional, del producto rotulado como Choclo amarillo en granos, marca San Remo, lote NSOCOI, vto 23/10/22, RNPA N° 027-00-005874, RNE N°00000467”.

En el comunicado se señala que “realizado el análisis correspondiente, el informe de laboratorio arrojó como resultado que el producto no es apto para consumo ya que se observó el envase y su tapa hinchado y óxido en su punto de cierre” y que “al abrirlo se evidenció liberación de gas, líquido espeso con alta densidad y abundante sólidos con poca cantidad de granos de choclo y olor ácido intenso putrefacto y “se detectó la presencia de Bacilluys Cereus y Anaerobios Sulfitos Reductores.

Frente a ello, esta Administración que detectó la presencia de microorganismos anaerobios sulfitos reductores y Bacillus cereus, solicitó a la firma importadora realizar el retiro inmediato y preventivo del mercado nacional del producto Choclo amarillo en granos, marca San Remo, lote NSOCOI, vto 23/10/22, y a los consumidores que se abstengan de consumir estos productos.

Por otro lado, a través de su página oficial, la ANMAT notificó a la población alérgica a la soja que la empresa HOJALMAR S.A (RNE N° 02-030.432/02-032.454) se encuentra realizando el retiro preventivo del mercado de los siguientes productos:

Bizcochos dulces de hojaldre, nombre de fantasía: Snack matero azucarado, “Hojalmar”, peso neto: 180 g, RNPA N° 02-588.258.Bizcochos de hojaldre, nombre de fantasía: Snack matero salado, “Hojalmar”, peso neto: 180 g, RNPA N° 02-710.207.

Esta medida se debe a que los productos no cuentan con la adecuada declaración de alérgenos (Art. 235 7° del Código Alimentario Argentino), ya que no incluyen la frase de advertencia “PUEDE CONTENER SOJA” en sus rótulos.