La Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA) reglamentó una serie de beneficios y bonificaciones para los impuestos Inmobiliario y Automotor correspondientes al ejercicio fiscal 2026. La normativa comenzará a regir a partir de su publicación en el Boletín Oficial.
ARBA confirmó descuentos de hasta 15% en el Impuesto Inmobiliario y Automotor 2026
ARBA establece una bonificación del 15% por pago anual y del 10% por buen cumplimiento en Inmobiliario y Automotor.
Los descuentos alcanzan al Impuesto Inmobiliario —tanto básico como complementario— y al Impuesto Automotor, que incluye vehículos y embarcaciones deportivas.
Descuento del 15% por pago anual en el Impuesto Inmobiliario y Automotor 2026
Uno de los beneficios establecidos es una bonificación del 15% sobre el importe total anual de los tributos alcanzados.
Para acceder a este descuento, el contribuyente deberá abonar la totalidad del impuesto hasta la fecha de vencimiento de la primera cuota. Además, no deberá registrar deudas exigibles por años no prescriptos sobre el bien que recibe el beneficio.
La bonificación aplica tanto al Impuesto Inmobiliario (básico y complementario) como al Impuesto Automotor, incluyendo vehículos y embarcaciones deportivas.
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Bonificación del 10% por buen cumplimiento en ARBA
La normativa también contempla un descuento del 10% por buen cumplimiento. En este caso, el beneficio se aplica en cada cuota del año 2026 que se abone en término.
Como requisito general, el contribuyente no debe registrar deudas de años anteriores sobre el objeto imponible y debe tener canceladas las cuotas previas del mismo período fiscal. La aplicación del beneficio varía según el tributo.
En el caso del Impuesto Inmobiliario y de las embarcaciones deportivas, para obtener el descuento será necesario haber abonado la totalidad de las cuotas vencidas de 2026 al momento de pagar la cuota actual.
Para el Impuesto Automotor correspondiente a vehículos, se implementa un esquema progresivo de cancelación de cuotas:
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Para las cuotas 1 y 2, no se requiere haber pagado cuotas previas del año.
Para la cuota 3, deberá estar cancelada la cuota 1.
Para la cuota 4, deberán estar pagas las cuotas 1 y 2.
El esquema continúa de manera progresiva hasta la cuota 10, que exige tener abonadas las cuotas 1 a 8.


